{"id":2244,"date":"2026-04-16T05:22:28","date_gmt":"2026-04-16T04:22:28","guid":{"rendered":"https:\/\/crimenesdeodio.info\/ca\/?page_id=2244"},"modified":"2026-05-21T09:38:38","modified_gmt":"2026-05-21T08:38:38","slug":"crimenes-de-odio-en-el-sur-global","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/crimenesdeodio.info\/es\/crimenes-de-odio-en-el-sur-global\/","title":{"rendered":"Cr\u00edmenes de odio en el sur global"},"content":{"rendered":"<h1>\u00cdndice<\/h1>\n<ul>\n<li><a href=\"#introduccion\">Introducci\u00f3n<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#colombia\">Colombia<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#brasil\">Brasil<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#senegal\">Senegal<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#argentina\">Argentina<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#ecuador\">Ecuador<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#marruecos\">Marruecos<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#salvador\">Salvador<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#honduras\">Honduras<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#bolivia\">Bolivia<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#peru\">Per\u00fa<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#paraguay\">Paraguay<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#uruguay\">Uruguay<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#guineaconakry\">Guinea Conakry<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#tunez\">T\u00fanez<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#bibliografia\">Bibliografia<\/a><\/li>\n<li><a href=\"#descargar\">Descargar informe<\/a><\/li>\n<\/ul>\n<h1 id=\"introduccion\">Introducci\u00f3n<\/h1>\n<p>El presente informe re\u00fane la informaci\u00f3n disponible sobre los cr\u00edmenes motivados por el odio en diferentes pa\u00edses del Sur Global, con el objetivo de visibilizar las carencias institucionales y legislativas en la protecci\u00f3n de las diversidades y la gran labor que realizan entidades y activistas independientes en la monitorizaci\u00f3n y visibilizaci\u00f3n de este problema.<\/p>\n<p>Para una adecuada comprensi\u00f3n del fen\u00f3meno, es necesario definir algunos conceptos clave que se tratar\u00e1n a lo largo del informe.<\/p>\n<p>Entendemos por crimen o delito de odio un acto delictivo motivado total o parcialmente por prejuicios hacia caracter\u00edsticas de la v\u00edctima, como su orientaci\u00f3n sexual, identidad de g\u00e9nero, raza, etnia, religi\u00f3n o discapacidad.<\/p>\n<p>Por otro lado, discurso de odio comprende expresiones que promueven, justifican o incitan al odio, la discriminaci\u00f3n o la violencia contra un grupo bas\u00e1ndose en caracter\u00edsticas inherentes como raza, la religi\u00f3n o el g\u00e9nero.<\/p>\n<p>La violencia estructural son formas de violencia sistem\u00e1tica derivadas de desigualdades sociales, pol\u00edticas o econ\u00f3micas que afectan de manera desproporcionada a determinados colectivos. Es una forma de violencia invisible e indirecta, incrustada en las estructuras sociales, pol\u00edticas y econ\u00f3micas, que impide la satisfacci\u00f3n de las necesidades b\u00e1sicas (supervivencia, bienestar, libertad) de ciertos grupos, provocando desigualdad, pobreza y exclusi\u00f3n.<\/p>\n<p>Por Sur Global nos referimos al conjunto de pa\u00edses de \u00c1frica, Am\u00e9rica Latina, Asia y Ocean\u00eda, hist\u00f3ricamente afectados por procesos coloniales, desigualdades econ\u00f3micas y menor desarrollo institucional en comparaci\u00f3n con el Norte Global.<\/p>\n<p>La ausencia de reconocimiento legal del concepto de discurso o crimen de odio en numerosos pa\u00edses invisibiliza una realidad padecida por personas que sufren diversas discriminaciones, tanto institucionales como sociales, y que a menudo no encuentran amparo legal ni protecci\u00f3n efectiva alguna.<\/p>\n<p>Es por esto que, a trav\u00e9s de la recopilaci\u00f3n de la informaci\u00f3n disponible y la consulta con entidades que trabajan sobre el terreno en esta materia, nos encontramos ante una serie de datos diferentes seg\u00fan el pa\u00eds. Sin embargo, este trabajo pretende servir como refuerzo a la labor de las entidades defensoras de los derechos humanos y amplificar sus denuncias para hacer visible un problema que se extiende por todo el planeta y que tiene graves consecuencias para las comunidades que los sufren.<\/p>\n<p>Este estudio se enmarca dentro del proyecto \u201cReducci\u00f3 de l\u2019impacte dels discursos d\u2019Odi en el Sud Global\u201d, liderado por el Institut de les Desigualtats i financiado por la Ag\u00e8ncia Catalana de Cooperaci\u00f3 al Desenvolupament, y busca una cuantificaci\u00f3n del impacto de los cr\u00edmenes de odio en el Sur Global, atendiendo a la informaci\u00f3n disponible y al trabajo sobre el terreno de diversos actores que recopilan la informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para ello, se ha seleccionado una serie de pa\u00edses que sirven como muestra y que tienen diferentes circunstancias hist\u00f3ricas, pol\u00edticas y sociales que condicionan en gran medida la existencia o laausencia tanto de datos como de entidades o instituciones dedicadas a esta labor.<\/p>\n<p>As\u00ed pues, el presente informe recopila las muertes relacionadas con el discurso de odio en Colombia, Brasil, Senegal, Argentina, Ecuador, Marruecos, El Salvador, Honduras, Bolivia, Per\u00fa, Paraguay, Uruguay, Guinea, y T\u00fanez, analizando las tasas de cr\u00edmenes de odio y su evoluci\u00f3n en estos pa\u00edses a partir de informes y datos recogidos de asociaciones y defensores de Derechos Humanos que trabajan en los diferentes estados.<\/p>\n<p>Esta selecci\u00f3n se ha realizado en base a las indicaciones de la entidad l\u00edder de este proyecto, el Institut de les Desigualtats, y al an\u00e1lisis e investigaci\u00f3n de la abogada especialista en delitos de odio y discriminaci\u00f3n, Nora Rodr\u00edguez, autora de este informe. En este estudio se han analizado diferentes variables, como la existencia de datos de cr\u00edmenes de odio, qui\u00e9n recopila estos datos, si se trata de organizaciones sociales o instituciones, as\u00ed como las cifras desde que constan registros y la legislaci\u00f3n en esta materia en los pa\u00edses seleccionados. Para ello hemos utilizado como fuentes informes de organizaciones de derechos humanos, datos de ONG especializadas, as\u00ed como informes institucionales cuando estaban disponibles y publicaciones acad\u00e9micas y organismos internacionales.<\/p>\n<p>Asimismo, para tomar conciencia de las desigualdades Norte-Sur, se realiza una comparaci\u00f3n de estas cifras con las recogidas en la web crimenesdeodio.info que documenta los cr\u00edmenes de odio desde el a\u00f1o 1990 hasta el 2024 en Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>Durante la elaboraci\u00f3n del informe se identificaron diversas limitaciones, entre ellas el infraregistro, dado que numerosos cr\u00edmenes no son denunciados ni documentados, tambi\u00e9n la falta de homogeneidad en los datos entre pa\u00edses y la ausencia de estad\u00edsticas oficiales en numerosos contextos.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s en muchas ocasiones no es f\u00e1cil la diferenciaci\u00f3n entre cr\u00edmenes de odio y otras formas de violencia.<\/p>\n<p>Es por ello que los datos aqu\u00ed reflejados deben interpretarse como una aproximaci\u00f3n a la magnitud del fen\u00f3meno, y no como cifras absolutas ni exactas.<\/p>\n<p>Con todo, el presente informe ofrece una muestra de datos bastante extensiva de los impactos de los discursos de odio en las poblaciones del Sur Global y la desigualdad de estos impactos entre Norte y Sur en base a los datos recogidos y disponibles.<\/p>\n<h2>Los delitos de odio en el Sur Global: entre la infradenuncia y la impunidad.<\/h2>\n<p>Los discursos de odio tienen un doble efecto: por un lado, disminuyen o deshumanizan a su objetivo; por otro, permiten que aquellos que piensan igual refuercen la sensaci\u00f3n de que no est\u00e1n solos y aumente su uni\u00f3n y el alcance de su discriminaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, los asesinatos motivados por odio en el Sur Global revelan una problem\u00e1tica estructural y sist\u00e9mica: se cometen con frecuencia, afectan a poblaci\u00f3n vulnerable, y raramente son sancionados.<\/p>\n<p>Se estima que cientos de homicidios contra personas LGBTIQ+ ocurren cada a\u00f1o, con niveles de impunidad muy elevados debido a la ausencia o debilidad del marco legal, as\u00ed como a la impunidad institucional.<\/p>\n<p>Las principales v\u00edctimas registradas de estos cr\u00edmenes son personas trans. Seg\u00fan el proyecto TransMurder Monitoring, entre el 1 de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023 se registraron 320 asesinatos de personas trans y de g\u00e9nero diverso a nivel global.<\/p>\n<p>En muchos pa\u00edses del Sur Global no existe una legislaci\u00f3n espec\u00edfica contra cr\u00edmenes de odio y cuando esta existe, suele darse una falta de aplicaci\u00f3n efectiva, investigaciones poco profundas o mecanismos de denuncia que no funcionan y falta de protecci\u00f3n a las v\u00edctimas.<\/p>\n<p>Seg\u00fan ILGA (Asociaci\u00f3n Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex) en 2023, s\u00f3lo 13 Estados latinoamericanos reconoc\u00edan las agresiones contra las personas LGTTTBIQNB+ como agravante en su legislaci\u00f3n penal. \u00c9stos son: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Per\u00fa y Uruguay. En el caso de M\u00e9xico, existen algunas protecciones a nivel estatal, pero no a nivel federal. En el otro extremo se encuentran Guatemala, Hait\u00ed, Panam\u00e1, Paraguay, Rep\u00fablica Dominicana y Venezuela; cuyas leyes punitivas no ofrecen una protecci\u00f3n diferenciada en estos casos. Esta organizaci\u00f3n recoge en su p\u00e1gina web las diferentes legislaciones en materia de derechos LGTBI creando una base de datos fundamental para conocer las herramientas legales existentes, que ha sido utilizada en este informe.<\/p>\n<p>S\u00f3lo cinco pa\u00edses de la regi\u00f3n garantizan, sin ning\u00fan tipo de restricci\u00f3n, el reconocimiento legal del g\u00e9nero autopercibido y cambio registral en los documentos de identidad: Argentina, Uruguay, Colombia, Brasil y M\u00e9xico (en este \u00faltimo caso, las excepciones son los estados de Guerrero y Quer\u00e9taro).<\/p>\n<p>Pero no es solo la falta de legislaciones espec\u00edficas en materia de discriminaci\u00f3n, sino que muchos pa\u00edses del Sur Global incluso cuentan con legislaciones que restringen sus derechos humanos m\u00e1s b\u00e1sicos.<\/p>\n<p>En \u00c1frica seg\u00fan datos de la organizaci\u00f3n Amnist\u00eda Internacional encontramos que 31 pa\u00edses mantienen leyes que criminalizan las relaciones sexuales consensuadas entre personas del mismo sexo.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el informe Our Identities Under Arrest, llevado a cabo por ILGA World (ILGA World (Asociaci\u00f3n Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex), 30 de 51 Estados Miembros de la ONU en \u00c1frica tienen marcos legales que criminalizan actos sexuales consensuados entre personas del mismo sexo en fecha de 30 de junio de 2023.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n en el informe de 2021, ILGA se\u00f1ala que 32 de 51 Estados africanos ten\u00edan marcos legales que criminalizaban la actividad sexual consensuada entre personas del mismo sexo y la expresi\u00f3n de g\u00e9nero diversa. Estas sanciones algunos pa\u00edses suponen penas de prisi\u00f3n por varios a\u00f1os, y en otros pocos casos, se prescribe la pena de muerte para relaciones consensuadas entre personas del mismo sexo, como es el caso de Mauritania y en estados del norte de Nigeria.<\/p>\n<p>En cuanto a los derechos de las personas trans, seg\u00fan un informe de ILGA World, recogido por Africa Check, pocos pa\u00edses africanos permiten formalmente que una persona trans cambie sus documentos de identidad o tienen leyes expl\u00edcitas que protejan la identidad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>En muchos de estos pa\u00edses no existe una legislaci\u00f3n que reconozca la \u201cexpresi\u00f3n de g\u00e9nero\u201d o la identidad de g\u00e9nero de las personas trans; en cambio, s\u00ed existen leyes penales u ordenanzas administrativas que pueden ser usadas para perseguirlas, bajo acusaciones de \u201cindecencia\u201d, \u201cofensas al orden p\u00fablico\u201d, \u201cactos contrarios a la naturaleza\u201d, etc. En otros pa\u00edses, aunque las leyes no hacen referencia expl\u00edcitamente a personas trans, esta ausencia total de protecci\u00f3n legal deja a las personas trans en situaci\u00f3n de vulnerabilidad, sin reconocimiento, sin acceso a cambio de marcadores legales, sin protecci\u00f3n contra discriminaci\u00f3n basada en identidad de g\u00e9nero o expresi\u00f3nde g\u00e9nero.<\/p>\n<p>El n\u00famero reportado de asesinatos motivados por odio es significativamente inferior a la realidad de estos asesinatos, ya que muchas v\u00edctimas o sus familias no denuncian por desconfianza, estigmatizaci\u00f3n o miedo a represalias.<\/p>\n<p>A pesar de la grav\u00edsima magnitud del fen\u00f3meno, son pocas las iniciativas integrales provenientes de los estados (legislativas, policiales, sociales y educativas) dirigidas a combatir eficazmente los cr\u00edmenes de odio y brindar justicia a las v\u00edctimas.<\/p>\n<p>Y son las organizaciones locales de estos pa\u00edses las que desempe\u00f1an un papel fundamental en la respuesta frente a estas violencias. Son quienes realizan el seguimiento de los casos, acompa\u00f1an a las v\u00edctimas en sus procesos de denuncia y les brindan apoyo psicosocial, adem\u00e1s de impulsar acciones de incidencia para que los Estados y gobiernos desarrollen pol\u00edticas y marcos legislativos eficaces para combatirlas. Esta labor es realizada con recursos limitados y en contextos adversos, a menudo con persecuci\u00f3n, pero resulta imprescindible para avanzar hacia la protecci\u00f3n de los derechos y la erradicaci\u00f3n de estas formas de violencia que se acaban convirtiendo en cr\u00edmenes de odio.<\/p>\n<h3>Contexto Pol\u00edtico y Retroceso Democr\u00e1tico<\/h3>\n<p>El aumento de la violencia y los cr\u00edmenes de odio en el Sur Global coinciden con un contexto de retroceso democr\u00e1tico y el auge de movimientos reaccionarios en diversas regiones. En pa\u00edses como T\u00fanez o Senegal, la consolidaci\u00f3n de discursos soberanistas y populistas ha instrumentalizado el odio hacia las minor\u00edas (especialmente migrantes y el colectivo LGBTIQ+) como una herramienta de cohesi\u00f3n pol\u00edtica.<\/p>\n<p>Encontramos que mientras algunos pa\u00edses cuentan con marcos legales protectores, estos se vuelven inoperantes por la falta de independencia judicial o, en el peor de los casos, son sustituidos por leyes regresivas que criminalizan la identidad de las v\u00edctimas. Para ello se valen de conceptos como la \u201cdefensa de los valores nacionales\u201d o la \u201cmoral p\u00fablica\u201d para desmantelar protecciones de derechos humanos y garantizar la impunidad de los agresores.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n las redes sociales ha transformado la naturaleza de los cr\u00edmenes de odio en el Sur Global, donde las plataformas digitales se han convertido en cajas de resonancia donde los discursos de odio se viralizan sin filtros, creando un entorno de deshumanizaci\u00f3n previa al ataque f\u00edsico. Es aqu\u00ed donde entran el ciberacoso y la exposici\u00f3n de datos personales (doxing) de activistas son el preludio de desapariciones o asesinatos. Se da una transnacionalizaci\u00f3n de los discursos de odio, donde un relato estigmatizante o una noticia falsa (fake news) generada en un contexto nacional espec\u00edfico de un pa\u00eds puede, en cuesti\u00f3n de horas, ser adoptada, traducida y adaptada por movimientos afines en otros continentes.<\/p>\n<p>El presente informe revela que los cr\u00edmenes de odio en el Sur Global no son fallos accidentales del sistema, sino consecuencias de estructuras pol\u00edticas que se alimentan de la exclusi\u00f3n. Adem\u00e1s la diferencia entre los cr\u00edmenes que ocurren y los que se denuncian es un indicador claro del miedo y la desconfianza hacia el Estado.<\/p>\n<h1 id=\"colombia\">Colombia<\/h1>\n<h2>1. Existencia de datos sobre cr\u00edmenes de odio<\/h2>\n<p>En Colombia, encontramos que la disponibilidad de datos sobre cr\u00edmenes de odio es asim\u00e9trica. Mientras que existen diversas fuentes que documentan la violencia contra personas LGBTIQ+, persiste un vac\u00edo estad\u00edstico significativo respecto a cr\u00edmenes motivados por racismo (especialmente contra la poblaci\u00f3n afrocolombiana, la poblaci\u00f3n que m\u00e1s la sufre), religi\u00f3n o discapacidad.<\/p>\n<h3>1.1 Fuentes de informaci\u00f3n<\/h3>\n<p>La documentaci\u00f3n sobre los asesinatos cometidos contra personas LGTBIQ+ la llevan a cabo varias organizaciones de la sociedad civil que adem\u00e1s de recopilar datos e informaci\u00f3n, rinden memoria y homenaje a sus v\u00edctimas.<\/p>\n<p>Entre las fuentes principales se encuentran:<\/p>\n<ul>\n<li>Organizaciones Civiles: <a href=\"https:\/\/colombiadiversa.org\/c-diversa\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/Boletin-homicidios-personas-LGBTIQ-Colombia-Diversa.pdf\">Colombia Diversa<\/a>, <a href=\"https:\/\/www.caribeafirmativo.lgbt\/164-personas-lgbtiq-fueron-asesinadas-en-colombia-durante-el-2024-caribe-afirmativo-presento-su-informe-anual-de-dd-hh\/\">Caribe Afirmativo<\/a>, <a href=\"https:\/\/altavoz.lgbt\/perfilar-el-odio-el-mapa-de-los-11-617-crimenes-contra-la-poblacion-lgbtiq-en-colombia-en-la-ultima-decada\/\">Altavoz LGBT+<\/a> e <a href=\"https:\/\/indepaz.org.co\/observatorio-de-derechos-humanos-y-conflictividades\/visor-de-asesinato-a-personas-lideres-sociales-y-defensores-de-derechos-humanos-en-colombia\/\">Indepaz<\/a>.<\/li>\n<li>Entidades Estatales: Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n (FGN).<\/li>\n<\/ul>\n<p>Informe de Altavoz LGBT+: Monitorea la violencia a nivel nacional. Es una plataforma de periodismo de datos y derechos humanos que se especializa en la georreferenciaci\u00f3n de la violencia. Su mayor aporte es el desarrollo de mapas interactivos que permiten visualizar la concentraci\u00f3n de cr\u00edmenes de odio en regiones espec\u00edficas. No solo registra homicidios, sino que documenta el \u00abperfilamiento del odio\u00bb, analizando patrones de y violencia simb\u00f3lica en los ataques.<\/p>\n<p>Colombia Diversa: organizaci\u00f3n especializada en derechos humanos y justicia para la comunidad. Se centra en el seguimiento de la respuesta estatal y el cumplimiento de sentencias de la Corte Constitucional. Produce el informe anual \u00a1Cuerpos Sin Miedo!, que es la fuente de referencia para organismos internacionales.<\/p>\n<p>Caribe Afirmativo: Enfocada en la regi\u00f3n norte y contextos de conflicto. Esta organizaci\u00f3n opera principalmente en la regi\u00f3n del Caribe y Antioquia, documentando c\u00f3mo los actores armados (guerrillas, paramilitares y bandas criminales) utilizan la violencia contra personas LGBTIQ+ como una herramienta de control social y \u00ablimpieza moral\u00bb. Son pioneros en llevar casos de persecuci\u00f3n ante la Jurisdicci\u00f3n Especial para la Paz (JEP).<\/p>\n<p>Indepaz: Registra el asesinato de l\u00edderes sociales y defensores de DD.HH. Su observatorio es la fuente m\u00e1s consultada para el conteo de masacres y asesinatos de l\u00edderes sociales, ya que permite cruzar datos de identidad (afro, ind\u00edgena, LGBTIQ+) con el rol de liderazgo de la v\u00edctima, evidenciando que la violencia pol\u00edtica en Colombia tiene un fuerte componente de discriminaci\u00f3n estructural.<\/p>\n<p>Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n: Fuente oficial del Estado, como \u00f3rgano de la rama judicial, su funci\u00f3n es la investigaci\u00f3n y persecuci\u00f3n penal.<\/p>\n<h3>1.2 Registro de cifras y tendencias<\/h3>\n<h4 align=\"justify\">Poblaci\u00f3n LGBTIQ+:<\/h4>\n<ul>\n<li><strong>Hist\u00f3rico (2013-2023):<\/strong> Seg\u00fan la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, se han tramitado 11,617 actos de violencia o discriminaci\u00f3n, de los cuales 818 corresponden a homicidios. Este Informe de Altavoz LGBT+ tambi\u00e9n recoge que 767 fueron v\u00edctimas de homicidios o feminicidios.<\/li>\n<li><strong>Tendencia reciente:<\/strong> Durante el a\u00f1o 2023 Colombia Diversa registr\u00f3 159 homicidios contra personas LGBTIQ+. Esto supone un aumento considerable del 7,4% al compararse con las cifras recogidas en el a\u00f1o 2022, cuando se reportaron 148 asesinatos, y tambi\u00e9n un crecimiento del 45,8% si se compara con la tendencia registrada en los a\u00f1os 2018 y 2019, cuando se reportaron 109 casos de homicidio respectivamente.Caribe Afirmativo registr\u00f3 entre 2021 y 2023, una cifra de 10.954 casos de agresiones contra personas LGTBIQ+ a partir de datos oficiales m\u00e1s denuncias y casos recopilados por ellos mismos que nunca llegaron a instancias judiciales.<\/li>\n<\/ul>\n<h4>Violencia \u00c9tnico-Racial:<\/h4>\n<p>Debido a que el \u00abasesinato racista\u00bb no est\u00e1 tipificado de forma aut\u00f3noma, no existen cifras oficiales consolidadas. No obstante, la violencia afecta desproporcionadamente a comunidades \u00e9tnicas. Indepaz (Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz), registr\u00f3 que, desde 2016, han sido asesinados 104 l\u00edderes afrodescendientes, 305 l\u00edderes ind\u00edgenas y 33 LGTBIQ+.<\/p>\n<p>En Colombia, no existen estad\u00edsticas oficiales ni de organizaciones de la sociedad civil sobre asesinatos racistas. Adem\u00e1s al no estar tipificado el \u201casesinato racista\u201d como tal la labor de registro de cifras de asesinados en mucho m\u00e1s complicada. Sin embargo, s\u00ed hay evidencia de violencia que afecta desproporcionadamente a comunidades afrocolombianas e ind\u00edgenas, lo que muchos expertos y organizaciones interpretan como violencia racial o \u00e9tnicamente motivada. Dentro de estos casos de violencia hay algunos que han sido especialmente significativos.<\/p>\n<p>Ejemplo de esto son las masacres contra comunidades afrodescendientes e ind\u00edgenas en el marco del conflicto armado. Hist\u00f3ricamente, masacres como las del <strong>Naya (2001)<\/strong>, <strong>El Nilo (1991)<\/strong> y la <strong>Operaci\u00f3n G\u00e9nesis (1997)<\/strong> evidencian una violencia estructural y sistem\u00e1tica contra estas poblaciones (Raza e Igualdad, 2022).<\/p>\n<p>&#8211; Masacre del Naya en 2001, donde m\u00e1s de 100 paramilitares del Bloque Calima, AUC, asesinaron a campesinos ind\u00edgenas y afrodescendientes en Cauca y Valle del Cauca. Este ataque fue parte de disputas territoriales ligadas al narcotr\u00e1fico.<\/p>\n<p>&#8211; Masacre de El Nilo en 1991, donde la polic\u00eda nacional, junto con civiles armados, masacr\u00f3 a 21 ind\u00edgenas Nasa en Caloto (Cauca). Este suceso supone una violencia \u00e9tnica e institucional.<\/p>\n<p>&#8211; Masacres de ind\u00edgenas Aw\u00e1 en 2009, en Nari\u00f1o, donde hubo dos ataques que dejaron un total de 27 muertos. Las FARC acusaron a los ind\u00edgenas de colaborar con las fuerzas militares.<\/p>\n<p>&#8211; Operaci\u00f3n G\u00e9nesis vs. Colombia en 1997, durante esta operaci\u00f3n militar en el Bajo Atrato (Choc\u00f3), se cometieron asesinatos, desapariciones forzadas y desplazamientos masivos de comunidades afrodescendientes, incluyendo decapitaciones y saqueos.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s se cometen numerosos asesinatos de l\u00edderes sociales, principalmente ind\u00edgenas y afrocolombianos, que constituyen tambi\u00e9n cr\u00edmenes de odio aunque no se encuentren tipificados como tal.<\/p>\n<p>Durante 2021 fueron 168 l\u00edderes sociales asesinados, incluyendo casos como el del joven afro Esnaider Javier Castillo Ortiz, joven afrocolombiano asesinado en abril de 2021, durante las protestas sociales del Paro Nacional en Colombia, presuntamente de un disparo de la polic\u00eda. Su caso se convirti\u00f3 en un s\u00edmbolo de la violencia racial y la impunidad que enfrentan las comunidades afrodescendientes en el pa\u00eds.<\/p>\n<p>En enero de 2022, el Instituto Raza e Igualdad denunci\u00f3 al menos 9 asesinatos de l\u00edderes sociales, en las primeras semanas del a\u00f1o.<\/p>\n<h2>2. Legislaci\u00f3n estatal sobre discriminaciones o delitos de odio y protecci\u00f3n de derechos<\/h2>\n<h3>Derechos<\/h3>\n<p>En el 2000 se aprob\u00f3 la Ley de delitos de odio basada en la orientaci\u00f3n sexual.<\/p>\n<p>En el 2011 se persigui\u00f3 la incitaci\u00f3n al odio basada en la orientaci\u00f3n sexual. Y se legalizaron las uniones civiles para parejas del mismo sexo.<\/p>\n<p>En 2015 se aprob\u00f3 la Ley de delitos de odio basada en la identidad de g\u00e9nero, as\u00ed como la legalizaci\u00f3n de la adopci\u00f3n conjunta para parejas del mismo sexo y el reconocimiento de la identidad de g\u00e9nero con base en la autopercepci\u00f3n.<\/p>\n<p>En 2016 se legaliz\u00f3 el matrimonio igualitario.<\/p>\n<h3>Legislaci\u00f3n estatal sobre discriminaciones o delitos de odio<\/h3>\n<p>A pesar de que en la Constituci\u00f3n colombiana no se recoge expl\u00edcitamente a la \u201corientaci\u00f3n sexual\u201d, la \u201cidentidad de g\u00e9nero\u201d, la \u201cexpresi\u00f3n de g\u00e9nero\u201d o las \u201ccaracter\u00edsticas sexuales\u201d como motivos protegidos de discriminaci\u00f3n, el art\u00edculo 58.3 del C\u00f3digo Penal establece que la motivaci\u00f3n de un delito basada en la \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb de la v\u00edctima constituye una circunstancia agravante.<\/p>\n<p>La Ley No. 1.482 de 2011: modific\u00f3 el C\u00f3digo Penal de 2000 tipificando como delito los actos de discriminaci\u00f3n por motivos de \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb. Tambi\u00e9n se agravan la pena si dichos actos son cometidos por funcionarios p\u00fablicos o mientras se prestan servicios p\u00fablicos. Sin embargo, no se mencionan expl\u00edcitamente los actos de discriminaci\u00f3n basados en la \u00abidentidad de g\u00e9nero\u00bb.<\/p>\n<p>La Ley No. 1,761 de 2015: introdujo en el C\u00f3digo Penal el agravamiento de las penas por el delito de femicidio. Estableciendo que las penas se agravan cuando el delito se comete por motivos de \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb de la v\u00edctima. Se define el delito de \u00abfemicidio\u00bb como \u00abcausare la muerte a una mujer, por su condici\u00f3n de ser mujer o por motivos de su identidad de g\u00e9nero\u00bb. Esta redacci\u00f3n recibi\u00f3 quejas al considerarse que dejaba a los hombres trans y a las personas no binarias fuera del alcance de esta disposici\u00f3n.<\/p>\n<p>En agosto de 2024 organizaciones de la sociedad civil presentaron ante la C\u00e1mara de Representantes el Proyecto de Ley Integral de Identidad de G\u00e9nero, tras dos a\u00f1os de consulta p\u00fablica. En la misma se establec\u00eda que \u00abse proh\u00edbe toda forma de discriminaci\u00f3n basada en la identidad o expresi\u00f3n de g\u00e9nero [&#8230;] por parte de cualquier entidad del Estado o funcionario p\u00fablico\u00bb. Se inclu\u00eda tambi\u00e9n el \u00abtransfemicidio, el travesticidio y el homicidio por identidad de g\u00e9nero diversa\u00bb en la lista de circunstancias agravantes de feminicidio, con penas potenciales que van de 500 a 600 meses de prisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Por otro lado, en Colombia, el racismo est\u00e1 prohibido por la Constituci\u00f3n y se encuentra penalizado por la ley, no existe una ley \u00fanica sino varias normas clave que abordan la discriminaci\u00f3n racial y buscan proteger a las comunidades \u00e9tnicas.<\/p>\n<p>Los delitos de odio racistas est\u00e1n tipificados en la Ley 1482 de 2011, que penaliza la discriminaci\u00f3n por raza, entre otros motivos. Esta ley establece sanciones como prisi\u00f3n y multas para quienes impidan, obstruyan o restrinjan derechos basados en la raza. Adem\u00e1s, la Ley 70 de 1993 tambi\u00e9n aborda la discriminaci\u00f3n y el racismo.<\/p>\n<p>La Ley 70 de 1993, Ley de comunidades afrocolombianas, que reconoce los derechos colectivos de las comunidades negras, como el derecho a la titulaci\u00f3n colectiva de tierras ancestrales, la protecci\u00f3n cultural y organizativa y la participaci\u00f3n pol\u00edtica y desarrollo integral. Se considera una ley hist\u00f3rica que marc\u00f3 el reconocimiento legal de la identidad afrocolombiana.<\/p>\n<p>A pesar de la existencia de estas leyes, las organizaciones de Derechos Humanos reportan que rara vez se aplican eficazmente, las personas afrocolombianas o ind\u00edgenas enfrentan dificultades para denunciar el racismo institucional o social, lo que lleva a que la impunidad en cr\u00edmenes de odio racial o discriminaci\u00f3n sea alta.<\/p>\n<h1 id=\"brasil\">Brasil<\/h1>\n<h2>1. Existencia de datos sobre cr\u00edmenes de odio<\/h2>\n<p>En Brasil, la recolecci\u00f3n de datos sobre cr\u00edmenes de odio es desigual. Existen registros de cr\u00edmenes de odio contra personas LGTBIQ+ realizados por las organizaciones de la sociedad civil, sin embargo, se da un vac\u00edo institucional y estad\u00edstico en delitos motivados por racismo, intolerancia religiosa o discapacidad, de los que apenas existen estad\u00edsticas o informaci\u00f3n.<\/p>\n<h3>1.1 Fuentes de informaci\u00f3n<\/h3>\n<p>La documentaci\u00f3n y registro de asesinatos de personas LGTBIQ+ es liderada por el Observatorio de Muertes y Violencias LGBTI+ en Brasil (una coalici\u00f3n entre Acontece Arte e Pol\u00edtica LGBTI+, la Asociaci\u00f3n Nacional de Travestis y Transexuales &#8211; ANTRA y la Asociaci\u00f3n Brasile\u00f1a de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Travestis, Transexuales e Intersex &#8211; ABGLT).<\/p>\n<h3>1.2 Registro de cifras y tendencias<\/h3>\n<h4 align=\"justify\">Poblaci\u00f3n LGBTIQ+:<\/h4>\n<p>A\u00f1o 2021: Se registraron 316 muertes violentas.<\/p>\n<p>A\u00f1o 2022: 278 muertes violentas. El grupo m\u00e1s afectado fueron los travestis y las mujeres trans, con el 58 % de los casos. Le siguieron los gais (35 %), las lesbianas (3 %), los hombres trans (3 %), personas no binarias (0,4 %) y otros segmentos (0,4 %).<\/p>\n<p>A\u00f1o 2023: Seg\u00fan el Dossier de LGBTIfobia Letal, se produjeron 230 muertes violentas (184 asesinatos, 18 suicidios y 28 causas asociadas).<\/p>\n<h4>Violencia racial:<\/h4>\n<p>Aunque no existe un registro de cifras oficial ni unificado de asesinatos racistas, la letalidad afecta de forma desproporcionada a la poblaci\u00f3n afrobrasile\u00f1a. Las personas negras son v\u00edctimas de asesinatos en proporciones mucho mayores tanto general como policial. En 2021, el 75\u202f% de las v\u00edctimas de homicidio eran Afrobrasile\u00f1as, a pesar de representar aproximadamente el 57\u202f% de la poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Encontramos tambi\u00e9n casos emblem\u00e1ticos como el asesinato de Jo\u00e3o Alberto Silveira Freitas en 2020, siendo brutalmente agredido por guardias de seguridad blancos en un supermercado; o el asesinato de Ant\u00f4nio Alves de Freitas, asesinado tras ser apu\u00f1alado 20 veces por un vecino con antecedentes de racismo, evidenci\u00e1ndose motivaci\u00f3n \u00e9tnica en el crimen. Tambi\u00e9n el asesinato de Marielle Franco en 2018, concejala negra, bisexual y activista de derechos humanos. Simbolizan la intersecci\u00f3n entre el racismo estructural y la violencia institucional.<\/p>\n<h2>2. Legislaci\u00f3n estatal sobre discriminaciones o delitos de odio y protecci\u00f3n de derechos<\/h2>\n<h3>Derechos reconocidos<\/h3>\n<p>En 2010 se legaliza la adopci\u00f3n conjunta y de la adopci\u00f3n de hijos de le c\u00f3nyuge para parejas del mismo sexo.<\/p>\n<p>En 2011 se legalizan las uniones civiles para parejas del mismo sexo.<\/p>\n<p>En 2013 se legalizaci\u00f3n del matrimonio igualitario<\/p>\n<p>En 2018 se aprueba el reconocimiento de la identidad de g\u00e9nero con base en la autopercepci\u00f3n.<\/p>\n<p>En 2019 se aprueba la Ley de delitos de odio basada en la orientaci\u00f3n sexual y la identidad de g\u00e9nero, se recoge la incitaci\u00f3n al odio basada en la orientaci\u00f3n sexual y la identidad de g\u00e9nero.<\/p>\n<h3>Legislaci\u00f3n estatal<\/h3>\n<p>Debido a la omisi\u00f3n legislativa del Congreso, el Supremo Tribunal Federal (STF) emiti\u00f3 dos fallos hist\u00f3ricos:<\/p>\n<p>&#8211; Equiparaci\u00f3n al Racismo: en 2019 dictamin\u00f3 que la homofobia y la transfobia se encuadran en la Ley No. 7.716\/1989 (Ley de Racismo) hasta que el Congreso legisle al respecto.<\/p>\n<p>&#8211; Injuria Racial e Homotransf\u00f3bica: en 2023 La Ley No. 14.532 equipar\u00f3 la \u00abinjuria racial\u00bb al crimen de racismo (imprescriptible y sin fianza). Posteriormente, el STF extendi\u00f3 esta protecci\u00f3n a los insultos homotransf\u00f3bicos.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, en virtud del art\u00edculo 20 de la Ley No. 7.716, se tipifica como delito la incitaci\u00f3n al odio.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, varios estados han promulgado disposiciones locales no penales que proh\u00edben la incitaci\u00f3n al odio mencionando expl\u00edcitamente la \u00abidentidad de g\u00e9nero\u00bb o incluyendo a las personas trans dentro de la protecci\u00f3n de la expresi\u00f3n \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb.<\/p>\n<p>En noviembre de 2020, el Senado brasile\u00f1o aprob\u00f3 el Proyecto de Ley No. 787 (2015), que incluye la \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb como circunstancia agravante en el C\u00f3digo Penal. El proyecto de ley fue registrado como Proyecto de Ley No. 5406 (2020) al ser remitido a la C\u00e1mara de Diputados, pero no ha logrado avances en el proceso legislativo desde entonces.<\/p>\n<p>En enero de 2023, se promulg\u00f3 la Ley No. 14.532 para modificar la Ley No. 7.716 de 1989 y el C\u00f3digo Penal para tipificar el \u00abinsulto racial\u00bb como delito de racismo con una pena de dos a cinco a\u00f1os de prisi\u00f3n y multa, establecer sanciones para el racismo en el contexto del deporte o actividades art\u00edsticas, e introducir sanciones para el racismo religioso y recreativo, as\u00ed como el racismo cometido por funcionarios p\u00fablicos. El 22 de agosto de 2023, el Tribunal Supremo Federal emiti\u00f3 una decisi\u00f3n para incluir los insultos homotransf\u00f3bicos como una forma de \u00abinsulto racial\u00bb.<\/p>\n<p>La legislaci\u00f3n brasile\u00f1a presenta retrocesos judiciales, donde decisiones aisladas que niegan protecciones b\u00e1sicas, como es el caso de 2021 donde un tribunal de Minas Gerais deneg\u00f3 la concesi\u00f3n de una medida de protecci\u00f3n, basada en la Ley Maria da Penha, a una joven trans agredida por su padrastro. La decisi\u00f3n fue emitida por el 2\u00ba Tribunal Penal de Juiz de Fora, que afirm\u00f3 que \u00abla Ley Maria da Penha es para la protecci\u00f3n de la mujer [&#8230;], es decir, la violencia debe ocurrir debido al g\u00e9nero femenino, no abarcando motivaciones financieras, econ\u00f3micas o desacuerdos por cualquier raz\u00f3n que no sea el g\u00e9nero femenino. Como se puede ver en el expediente, no se trata de una v\u00edctima femenina, al igual que las agresiones no se produjeron debido al g\u00e9nero femenino\u00bb. Este caso es el reflejo de una resistencia conservadora dentro del poder judicial brasile\u00f1o, argumentando que la ley era \u00abexclusiva para mujeres biol\u00f3gicas\u00bb, bas\u00e1ndose en una interpretaci\u00f3n literal y restrictiva del art\u00edculo 2 de la ley. Para corregir estas sentencias contradictorias, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Brasil emiti\u00f3 una decisi\u00f3n vinculante en abril de 2022, donde se dictamin\u00f3 que la Ley Maria da Penha se aplica a todas las mujeres, independientemente de su sexo biol\u00f3gico. Adem\u00e1s se reconoci\u00f3 que las mujeres trans se encuentran en una situaci\u00f3n de vulnerabilidad extrema en el entorno dom\u00e9stico, a menudo similar o superior a la de las mujeres cisg\u00e9nero.Y se estableci\u00f3 que negar estas medidas (como \u00f3rdenes de alejamiento para el agresor) constituye una violaci\u00f3n de los derechos humanos y una discriminaci\u00f3n por identidad de g\u00e9nero. El Protocolo para Juzgar con Perspectiva de G\u00e9nero del Consejo Nacional de Justicia (CNJ) de Brasil, obligatorio desde 2023, exige que todos los jueces del pa\u00eds consideren la identidad de g\u00e9nero y la raza al dictar sentencia, evitando prejuicios como los del caso de Minas Gerais.<\/p>\n<p>En junio de 2024 se present\u00f3 a la C\u00e1mara de Diputados el proyecto de ley PL No. 2046\/24, con el objetivo de prohibir cualquier forma de discriminaci\u00f3n por motivos de \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb e \u00abidentidad de g\u00e9nero\u00bb, incluido en el suministro de bienes y servicios.<\/p>\n<p>En julio de 2024, la Comisi\u00f3n de Derechos Humanos, Minor\u00edas e Igualdad Racial de la C\u00e1mara de Diputados emiti\u00f3 un dictamen favorable sobre el Proyecto de Ley No. 7292\/17 de 2017, que reformar\u00eda el Art\u00edculo 121 del C\u00f3digo Penal para incluir el LGBTIcidio como un tipo de homicidio calificado con las penas agravadas correspondientes. Tambi\u00e9n modificar\u00eda el Art\u00edculo 1 de la Ley de Cr\u00edmenes Atroces para clasificar el LGBTIcidio como un crimen atroz, lo que har\u00eda que su castigo no sea susceptible de fianza, indulto, amnist\u00eda o libertad condicional.<\/p>\n<p>En cuanto a los cr\u00edmenes por motivaci\u00f3n racial, un estudio de la Fundaci\u00f3n Getulio Vargas (FGV) de 2023 evidencia un patr\u00f3n recurrente de impunidad en casos de violencia letal contra personas negras, incluyendo sentencias anuladas, reducci\u00f3n de penas y sobrevaloraci\u00f3n de la versi\u00f3n policial frente al testimonio de v\u00edctimas o familiares.<br \/>\nRespecto a la legislaci\u00f3n contra el racismo, en Brasil existe el Estatuto de la Igualdad Racial (Ley 12.288\/2010), que confiere el marco legal integral que promueve la igualdad racial en \u00e1mbitos sociales, culturales y laborales.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n la Ley de educaci\u00f3n antirracista (Ley 10.639\/2003), que obliga a ense\u00f1ar la historia y la cultura afrobrasile\u00f1a en la educaci\u00f3n b\u00e1sica.<br \/>\nLa Ley 7.716\/1989, conocida como \u201cLey Ca\u00f3\u201d define los delitos por prejuicio de raza, color, religi\u00f3n o nacionalidad, incluyendo prohibiciones en el trabajo o acceso a servicios, y establece sanciones penales.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se recoge la injuria racial en el C\u00f3digo Penal, entendi\u00e9ndose como insultos dirigidos a una persona espec\u00edfica por su raza, color o etnia, con penas de 1 a 3 a\u00f1os y multa.<br \/>\nEn 2023,se promulg\u00f3 una ley que equipara la injuria racial al crimen de racismo, lo que conllev\u00f3 un aumento de la pena de 2 a 5 a\u00f1os, y que puede duplicarse en contextos de eventos deportivos, culturales o humor\u00edsticos.<\/p>\n<h1 id=\"senegal\">Senegal<\/h1>\n<h2>1. Existencia de datos sobre cr\u00edmenes de odio<\/h2>\n<p>En Senegal no existe un registro oficial estatal que recopile cr\u00edmenes de odio relacionados con la homofobia, la transfobia, el racismo u otros motivos discriminatorios. La inexistencia de un registro oficial de cr\u00edmenes de odio es una consecuencia directa de la criminalizaci\u00f3n de la diversidad sexual.<\/p>\n<p>Dado que la homosexualidad est\u00e1 perseguida (art\u00edculo 319 del C\u00f3digo Penal), estas violencias rara vez son reconocidas como tales por las instituciones y mucho menos documentadas en bases de datos p\u00fablicas. Al ser conductas tipificadas como delito, el Estado no reconoce a las personas LGBTIQ+ como sujetos de protecci\u00f3n, sino como infractores, lo que invisibiliza cualquier agresi\u00f3n motivada por el prejuicio.<\/p>\n<p>Algunas organizaciones de la sociedad civil, generalmente de forma discreta para su seguridad, documentan estas violencias de manera no oficial, por ejemplo a trav\u00e9s de informes internos o redes comunitarias.<\/p>\n<p>Sin embargo, los datos disponibles son fragmentarios, incompletos y rara vez se hacen p\u00fablicos, debido al clima de represi\u00f3n y miedo que rodea estas cuestiones.<\/p>\n<h3>1.1 Fuentes de informaci\u00f3n<\/h3>\n<p>Existen colectivos, ONG internacionales y locales, o plataformas comunitarias m\u00e1s discretas que est\u00e1n activas en el terreno, muchas veces en colaboraci\u00f3n con socios internacionales. Trabajan en salud comunitaria, protecci\u00f3n de derechos fundamentales o documentaci\u00f3n de violaciones, evitando discursos muy expuestos sobre orientaci\u00f3n sexual para no ser amenazadas o prohibidas.<\/p>\n<p>Su situaci\u00f3n laboral es extremadamente precaria, est\u00e1n bajo vigilancia constante, a menudo estigmatizadas por la opini\u00f3n p\u00fablica. Rara vez reconocidas oficialmente como defensoras de derechos humanos y se encuentran expuestas a campa\u00f1as hostiles, especialmente en l\u00ednea o en medios locales.<\/p>\n<p>La persecuci\u00f3n sistem\u00e1tica en Senegal ha generado un fen\u00f3meno de migraci\u00f3n forzada y exilio pol\u00edtico de la comunidad LGBTQI+, donde no solo la ley no les protege sino que es usada para perseguirles. El exilio se convierte en la \u00fanica v\u00eda de supervivencia para activistas y personas cuya orientaci\u00f3n sexual o identidad de g\u00e9nero ha sido expuesta p\u00fablicamente. En los \u00faltimos a\u00f1os, la difusi\u00f3n de videos o fotograf\u00edas en redes sociales exponiendo a personas homosexuales o sospechosas de serlo ha derivado en linchamientos p\u00fablicos y expulsiones familiares. Ante la falta de protecci\u00f3n policial, que muchas veces termina en la detenci\u00f3n de la propia v\u00edctima, muchas personas huyen hacia pa\u00edses vecinos o buscan asilo en Europa.<\/p>\n<h3>1.2 Registro de cifras y tendencias<\/h3>\n<p>No existen registros.<\/p>\n<h2>2. Legislaci\u00f3n estatal sobre discriminaciones o delitos de odio y protecci\u00f3n de derechos<\/h2>\n<p>En Senegal no existe legislaci\u00f3n espec\u00edfica sobre cr\u00edmenes de odio ni leyes expl\u00edcitas dedicadas a la lucha contra la discriminaci\u00f3n basada en orientaci\u00f3n sexual o identidad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Al contrario, el art\u00edculo 319, apartado 3, del C\u00f3digo Penal criminaliza \u201clos actos imp\u00fadicos o contra natura con un individuo del mismo sexo\u201d, con penas que pueden llegar hasta cinco a\u00f1os de prisi\u00f3n. Esto crea una base legal para la represi\u00f3n e impide cualquier reconocimiento de los derechos de las personas LGBTQI+. Este art\u00edculo se aplica de manera extensiva para perseguir no solo actos sexuales, sino cualquier expresi\u00f3n de identidad o afecto que sea percibida como \u00abno normativa\u00bb.<\/p>\n<p>Nos encontramos con un Estado que utiliza el c\u00f3digo penal como herramienta de persecuci\u00f3n activa.<\/p>\n<p>En los \u00faltimos a\u00f1os, ha habido una presi\u00f3n pol\u00edtica constante para endurecer las penas, utilizando un discurso que vincula a la poblaci\u00f3n LGBTIQ+ con delitos graves para justificar esta persecuci\u00f3n.<\/p>\n<h3>Estatus legal de las organizaciones LGBTQI+<\/h3>\n<p>Las organizaciones de defensa de los derechos LGBTQI+ no est\u00e1n oficialmente registradas como tales. Algunas ONG han evitado este problema registr\u00e1ndose como entidades de promoci\u00f3n de la salud o desarrollo comunitario. Por ello deben adaptar su lenguaje y objetivos en documentos oficiales para evitar ser prohibidas o disueltas. Los activistas, por su parte, viven con gran inseguridad.<\/p>\n<p>No existe reconocimiento legal de los derechos LGBTQI+, ni legislaci\u00f3n contra los cr\u00edmenes de odio en relaci\u00f3n con la orientaci\u00f3n sexual o identidad de g\u00e9nero en Senegal. Los actores que trabajan en estas tem\u00e1ticas realizan un trabajo valiente en un entorno hostil, criminalizador y peligroso.<\/p>\n<h3>Derechos<\/h3>\n<p>La homosexualidad est\u00e1 perseguida. El art\u00edculo 319 del C\u00f3digo Penal senegal\u00e9s prescribe una pena de prisi\u00f3n de 1 a 5 a\u00f1os y\/o una elevada multa a quien cometa un \u00abacto contra natura\u00bb con personas del mismo sexo.<\/p>\n<p>Con el objetivo de perseguir y criminalizar aun m\u00e1s a la comunidad LGTBIQ+, en 2021 se present\u00f3 un proyecto de ley por el que se modificaba el apartado del art\u00edculo 319 del C\u00f3digo Penal \u00abinstituyendo la criminalizaci\u00f3n de lesbianas, gays, bisexuales, transg\u00e9nero &#8211; LGBT+\u00bb. El proyecto de ley quer\u00eda duplicar la pena m\u00e1xima de 5 a 10 a\u00f1os, y que los tribunales no pudieran tener en cuenta \u00abcircunstancias atenuantes\u00bb.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s se defin\u00eda la pedofilia, la necrofilia y la zoofilia como parte de la \u00abnebulosa LGBT+\u00bb, y la \u00abintersexualidad\u00bb como la \u00abparticipaci\u00f3n en cualquier org\u00eda sexual imaginable\u00bb.<\/p>\n<p>Buscaban penalizar la \u00abdifusi\u00f3n o financiaci\u00f3n de cualquier actividad relacionada con la agenda LGBT+\u00bb con penas de 3 a 5 a\u00f1os de prisi\u00f3n y\/o una multa de 500.000 a 5.000.000 de francos CFA.<\/p>\n<p>Esta propuesta de ley no fue aprobada ya que se consider\u00f3 que era suficiente la legislaci\u00f3n que ya exist\u00eda.<\/p>\n<p>EN 2023, se volvi\u00f3 a presentar un nuevo proyecto de ley para agravar la penalizaci\u00f3n de los actos sexuales entre personas del mismo sexo. Tambi\u00e9n fue rechazada.<\/p>\n<p>En febrero de 2024, en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, la ministra de Justicia de Senegal, A\u00efssata Tall, reafirm\u00f3 la postura del pa\u00eds sobre los derechos LGBT, declarando: \u00abDeseo reiterar solemnemente la postura de Senegal: rechazamos categ\u00f3ricamente cualquier legalizaci\u00f3n relativa a cuestiones LGBT\u00bb.<\/p>\n<p>En junio de 2024, nuevamente un diputado present\u00f3 otro proyecto de ley a la Asamblea Nacional para enmendar el apartado 3 del art\u00edculo 319 del C\u00f3digo Penal con para incluir expl\u00edcitamente \u00abla homosexualidad, el lesbianismo, la bisexualidad y la transexualidad\u00bb entre los \u00abactos contra natura\u00bb actualmente tipificados como delito en ese precepto y subir la pena a hasta quince a\u00f1os de prisi\u00f3n con multas m\u00e1s elevadas.<\/p>\n<h1 id=\"argentina\">Argentina<\/h1>\n<h2>1. Existencia de datos sobre cr\u00edmenes de odio<\/h2>\n<p>Argentina cuenta con un monitoreo y registro de cr\u00edmenes de odio contra personas LGTBIQ+ impulsado por la sociedad civil y organismos de control. Pero no existen estad\u00edsticas oficiales p\u00fablicas sobre cr\u00edmenes de odio, por motivaci\u00f3n racista, religi\u00f3n, discapacidad, u otras discriminaciones. S\u00ed est\u00e1n documentados casos emblem\u00e1ticos.<\/p>\n<h3>1.1 Fuentes de informaci\u00f3n<\/h3>\n<p>El Observatorio de Cr\u00edmenes de Odio LGBT+, una iniciativa conjunta de la Defensor\u00eda del Pueblo de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires (CABA), la Federaci\u00f3n Argentina LGBT (FALGBT) y la Defensor\u00eda del Pueblo de la Naci\u00f3n es la fuente principal de informaci\u00f3n.<\/p>\n<h3>1.2 Registro de cifras y tendencias<\/h3>\n<p>El observatorio de cr\u00edmenes de odio LGTB+ de la Defensor\u00eda del Pueblo de la Ciudad Aut\u00f3noma de Argentina realiza un informe anual en el que se recogen las siguientes cifras:<\/p>\n<p>En el a\u00f1o 2016 murieron por discriminaci\u00f3n por orientaci\u00f3n sexual, identidad de g\u00e9nero y\/o su expresi\u00f3n, 13 personas de la comunidad LGBT: 12 mujeres trans y una 1 lesbiana.<\/p>\n<p>En el a\u00f1o 2017 murieron por discriminaci\u00f3n por orientaci\u00f3n sexual, identidad de g\u00e9nero y\/o su expresi\u00f3n, 13 personas de la comunidad LGBT: 11 mujeres trans, 1 var\u00f3n trans y 1 hombre gay cis.<\/p>\n<p>En 2018 hubo 17 asesinatos perpetrados hacia la diversidad sexual, 11 fueron dirigidos a mujeres trans y 6 a hombres gay cis; 7 suicidios, 5 de ellos fueron de mujeres trans, uno de un hombre trans y uno de una lesbiana; y 43 muertes por abandono y\/o ausencia estatal, todas ellas fueron de mujeres trans.<\/p>\n<p>En 2019 hubo 16 asesinatos perpetrados hacia la diversidad sexual, 12 fueron dirigidos a mujeres trans y 4 a hombre gay cis; y 62 muertes por abandono y\/o ausencia estatal todas ellas fueron de mujeres trans.<\/p>\n<p>En 2023 que 91 personas LGTBIQ+ se corresponden a asesinatos o muertes por violencia estructural y suicidios. En 2023 hubo 9 asesinatos perpetrados hacia la diversidad sexual, 8 fueron dirigidos a mujeres trans y 1 a un hombre gay cis; 80 muertes por violencia estructural, todas ellas de mujeres trans; y 2 suicidios, de 1 mujer trans y de 1 hombre trans.<\/p>\n<p>En 2024 hubo 17 asesinatos perpetrados hacia la diversidad sexual, 11 fueron dirigidos a mujeres trans, 3 lesbianas y 3 hombres gay cis; 44 muertes por violencia estructural, 43 de mujeres trans y 1 de un var\u00f3n trans; y 6 suicidios, de 4 mujeres trans y 2 varones trans.<\/p>\n<p>De esta informaci\u00f3n podemos extraer que la evoluci\u00f3n de asesinatos directos (2016-2024) han oscilado entre 9 y 17 casos anuales.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, si atendemos a la violencia estructural, encontramos que en 2023 se registraron 80 muertes por violencia estructural y en 2024 se documentaron 44 casos. Estas muertes se deben a la falta de acceso a la salud, vivienda y la exclusi\u00f3n del mercado laboral, que reduce dr\u00e1sticamente la esperanza de vida del colectivo trans.<\/p>\n<p>Sobre la tendencia, en 2024 observamos un aumento en la violencia hacia las lesbianas (3 asesinatos registrados), destacando ataques de odio con gran ensa\u00f1amiento que han conmocionado a la opini\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<h2>2. Legislaci\u00f3n estatal sobre discriminaciones o delitos de odio y protecci\u00f3n de derechos<\/h2>\n<p>Legislaci\u00f3n Penal consolidada:<\/p>\n<p>En Argentina el C\u00f3digo Penal establece penas agravadas \u00fanicamente para los homicidios motivados por el odio hacia la \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb de una persona. Del mismo modo, agrava el delito de causar lesiones en las mismas circunstancias. La Ley 26.791 (2012) modific\u00f3 el C\u00f3digo Penal, estableciendo la reclusi\u00f3n perpetua para homicidios motivados por el odio a la orientaci\u00f3n sexual, identidad de g\u00e9nero o su expresi\u00f3n.<\/p>\n<p>Ley de Identidad de G\u00e9nero 26.743 (2012): Fue la primera en el mundo en permitir la rectificaci\u00f3n registral basada exclusivamente en la autopercepci\u00f3n, sin requerir diagn\u00f3sticos m\u00e9dicos ni intervenciones quir\u00fargicas.<\/p>\n<p>Coyuntura Actual y Retrocesos:<\/p>\n<p>En diciembre de 2021, se present\u00f3 un Proyecto de ley para modificar el p\u00e1rrafo 319 del C\u00f3digo Penal (2021) \u00abque instituye la criminalizaci\u00f3n de lesbianas, gays, bisexuales y transg\u00e9nero &#8211; LGBT+\u00bb. El proyecto de ley buscaba duplicar la pena m\u00e1xima de 5 a\u00f1os a 10 a\u00f1os. Tambi\u00e9n habr\u00eda castigado \u00abla difusi\u00f3n o financiaci\u00f3n de cualquier actividad relacionada con la agenda LGBT+\u00bb con 3 a 5 a\u00f1os de prisi\u00f3n y\/o multa. Este proyecto de ley fue descartado un mes despu\u00e9s por un comit\u00e9 parlamentario antes de ser sometido a votaci\u00f3n, ya que se consider\u00f3 que la legislaci\u00f3n penal existente era suficiente.<\/p>\n<p>En 2022, un senador present\u00f3 un Proyecto de Ley Nacional por la igualdad y contra la discriminaci\u00f3n (Proyecto de Ley No. S773\/22) que quer\u00eda a\u00f1adir al C\u00f3digo Penal un art\u00edculo 41 sexies para agravar todos los delitos cometidos por motivos de \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb, \u00abidentidad de g\u00e9nero\u00bb y \u00abexpresi\u00f3n de g\u00e9nero\u00bb.<\/p>\n<p>Varias disposiciones del C\u00f3digo Penal representan y han sido utilizadas como barreras legales a la libertad de expresi\u00f3n en temas de diversidad sexual y de g\u00e9nero. Seg\u00fan el art\u00edculo 9(2), las personas que exhiban carteles o im\u00e1genes \u00abcontrarias a la decencia\u00bb podr\u00e1n ser castigadas con las penas descritas en los art\u00edculos 2 y 3. Seg\u00fan el art\u00edculo 256, cualquier persona involucrada en la fabricaci\u00f3n, tenencia, importaci\u00f3n, exportaci\u00f3n, exhibici\u00f3n, venta, alquiler, ofrecer o distribuir materiales \u00abcontrarios a las buenas costumbres\u00bb puede enfrentar penas de prisi\u00f3n de hasta dos a\u00f1os o multas. Adem\u00e1s, en virtud del art\u00edculo 257, se aplican penas similares a quienes presenten p\u00fablicamente c\u00e1nticos y discursos indecentes o llamen la atenci\u00f3n sobre ocasiones de libertinaje mediante anuncios p\u00fablicos o correspondencia.<\/p>\n<p>Dentro de las iniciativas legislativas llevadas a cabo por el gobierno de Javier Milei encontramos un ataque a los derechos LGTBIQ+. En diciembre de 2024 el gobierno aprob\u00f3 el Decreto No. 1086, que modifica algunas disposiciones del Reglamento de la Ley para la Protecci\u00f3n Integral de los Derechos de las Ni\u00f1as, Ni\u00f1os y Adolescentes (Ley No. 26.061) (2015) y establece que \u2018la imposici\u00f3n de una forma de pensar y\/o actuar pol\u00edtica partidaria, especialmente en el \u00e1mbito educativo\u2019 vulnera los derechos de la infancia. Seg\u00fan medios y activistas locales, esta reforma tiene como objetivo considerar como \u201cadoctrinamiento\u201d la educaci\u00f3n sexual integral de las escuelas para conseguir eliminarla y restringir cualquier contenido o informaci\u00f3n relacionada con personas LGBTIQ+.<\/p>\n<p>Dentro de esta ofensiva contra los derechos de las mujeres y las personas LGTBI el gobierno ha cerrado el Ministerio de las Mujeres, G\u00e9neros y Diversidad y el INADI (Instituto Nacional contra la Discriminaci\u00f3n, la Xenofobia y el Racismo), eliminando los mecanismos de denuncia del Estado.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, en febrero de 2025, el gobierno de Javier Milei public\u00f3 un decreto que modifica la hist\u00f3rica Ley de Identidad de G\u00e9nero, que fue la primera en el mundo en permitir un cambio de nombre y marcador de g\u00e9nero bajo est\u00e1ndares de autoidentificaci\u00f3n y el derecho a la salud integral.\u2028\u2028 Este decreto proh\u00edbe el acceso a la atenci\u00f3n de afirmaci\u00f3n de g\u00e9nero para las personas menores de 18 a\u00f1os, y se anunci\u00f3 junto con otro decreto que limita el alojamiento de las personas privadas de libertad de acuerdo con su identidad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Este decreto fue aprobado poco despu\u00e9s de que el presidente argentino atacara gravemente a las personas LGTBIQ+ en el Foro Econ\u00f3mico Mundial de Davos, donde dijo que \u00abLa ideolog\u00eda de g\u00e9nero constituye lisa y llanamente abuso infantil. Son ped\u00f3filos\u00bb. Tambi\u00e9n apunt\u00f3 contra el feminismo, al que calific\u00f3 como \u00abuna b\u00fasqueda de privilegios\u00bb, cuestionando tambi\u00e9n la figura penal del feminicidio<\/p>\n<p>La Asociaci\u00f3n Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex para Am\u00e9rica Latina y el Caribe (ILGALAC) valoraba que este decreto supone un retroceso alarmante en materia de derechos humanos y un ataque directo a los principios de igualdad y no discriminaci\u00f3n consagrados en la Constituci\u00f3n Nacional, los tratados internacionales de derechos humanos y la propia Ley de Identidad de G\u00e9nero 26.743, reconocida a nivel mundial como un modelo de avanzada.<\/p>\n<p>Se est\u00e1 produciendo un discurso de odio institucional con las declaraciones del Ejecutivo en foros internacionales, vinculando la identidad de g\u00e9nero con la pedofilia, han sido denunciadas por organismos como ILGALAC por fomentar un clima de estigmatizaci\u00f3n y violencia social.<\/p>\n<h1 id=\"ecuador\">Ecuador<\/h1>\n<h2>1. Existencia de datos sobre cr\u00edmenes de odio<\/h2>\n<p>En Ecuador, el aumento de la violencia organizada ha afectado de manera desproporcionada a las comunidades LGBTIQ+, aumentando la vulnerabilidad estructural de este grupo, y evidenciando tambi\u00e9n la falta de una respuesta adecuada por parte de instituciones. Este crecimiento exponencial de la la violencia vinculada al crimen organizado ha generado una cortina de humo que oculta los cr\u00edmenes de odio.<\/p>\n<p>Las entidades de la sociedad civil que trabajan esta materia han mostrado una preocupante falta de atenci\u00f3n por parte del Estado, centrando sus esfuerzos en la persecuci\u00f3n pol\u00edtica de actores contrarios al gobierno o la omisi\u00f3n de demandas o llamados de atenci\u00f3n, dejando de lado su responsabilidad en la protecci\u00f3n de derechos humanos y la investigaci\u00f3n de cr\u00edmenes de odio. La falta de protocolos de investigaci\u00f3n con enfoque de g\u00e9nero y diversidad por parte de la Fiscal\u00eda General del Estado y la Polic\u00eda Nacional deriva en un subregistro cr\u00f3nico de asesinatos motivados por el prejuicio.<\/p>\n<p>El racismo en Ecuador tiene ra\u00edces coloniales y se manifiesta de forma estructural y simb\u00f3lica, afectando principalmente a comunidades ind\u00edgenas y afroecuatorianas.<\/p>\n<h3>1.1 Fuentes de informaci\u00f3n<\/h3>\n<p>No existen cifras oficiales. A pesar del aumento de asesinatos, ni la Polic\u00eda Nacional ni la Fiscal\u00eda General del Estado cuentan con registros oficiales de estos cr\u00edmenes, lo que contribuye a la impunidad y dificulta la exigencia de justicia.<\/p>\n<p>Informe Runa Sipiy es el documento de referencia anual que sistematiza transfemicidios, muertes violentas no esclarecidas y cr\u00edmenes de odio, utilizando metodolog\u00edas de monitoreo de prensa y reportes comunitarios. Se ha convertido en la herramienta de incidencia pol\u00edtica m\u00e1s fuerte ante la Asamblea Nacional y la Corte Constitucional de Ecuador. Este informe no es un documento estatal, sino una iniciativa de la sociedad civil organizada. Es elaborado principalmente por:<\/p>\n<p>&#8211; La Asociaci\u00f3n Silueta X: una de las organizaciones m\u00e1s visibles y antiguas de Ecuador, recopila los datos de los casos que les han llegado por otras organizaciones o a trav\u00e9s de la prensa o a los que han tenido acceso. Lidera la recolecci\u00f3n de datos a trav\u00e9s del Observatorio Nacional de Asesinatos LGBT+.<\/p>\n<p>&#8211; Observatorio Nacional de Asesinatos LGBT+: Es la unidad t\u00e9cnica creada espec\u00edficamente para este monitoreo, que trabaja de la mano con la Red de Psic\u00f3logos Diversos y la plataforma \u00abPlataforma Nacional Trans\u00bb.<\/p>\n<p>&#8211; Federaci\u00f3n Ecuatoriana de Organizaciones LGBTI: Una coalici\u00f3n que agrupa a m\u00e1s de 40 colectivos en todo el territorio nacional, lo que permite que el informe tenga un alcance federal y no solo de las ciudades principales.<\/p>\n<p>Debido a que el Estado ecuatoriano no tipifica los cr\u00edmenes como cr\u00edmenes de odio en sus reportes policiales, estas organizaciones utilizan una metodolog\u00eda de monitoreo de medios y redes comunitarias que incluye:<\/p>\n<p>&#8211; Seguimiento de Prensa: Revisan diarios locales y cr\u00f3nicas rojas para identificar asesinatos con caracter\u00edsticas de sa\u00f1a o prejuicio.<\/p>\n<p>&#8211; Reportes Territoriales: Las organizaciones o grupos locales que operan en una provincia o ciudad espec\u00edfica de la Federaci\u00f3n en provincias informan sobre muertes violentas que no llegan a los medios masivos.<\/p>\n<p>&#8211; Contrastaci\u00f3n: Una vez obtenida una noticia, intentan verificar con familiares o testigos si la motivaci\u00f3n del crimen estuvo ligada a la orientaci\u00f3n sexual o identidad de g\u00e9nero de la v\u00edctima.<\/p>\n<h3>1.2 Registro de cifras y tendencias<\/h3>\n<p>En el a\u00f1o 2021 el informe Runa Sipiy sobre transfemicidios, asesinatos LGBT+, muertes violentas no esclarecidas o sospechosas de criminalidad, cerr\u00f3 con 15 conteos.<\/p>\n<p>En el a\u00f1o 2022 fueron 25 casos de asesinatos, 16 fueron a transfemeninas, 1 hombre trans, 2 hombres cis, 2 mujeres lesbianas y 4 hombres gays.<\/p>\n<p>En 2023, se registraron 27 asesinatos, 18 mujeres trans, 2 hombres trans, 2 hombres cis, 1 lesbiana, 3 gays y una persona no binaria.<\/p>\n<p>Se registraron 30 casos de asesinatos en 2024. De estos 30 casos documentados en el Informe Runa Sipiy, el 77% (23 casos, 22 de mujeres trans y uno de un transmasculino) corresponden a personas asesinadas debido a su identidad de g\u00e9nero, mientras que el 23% (7 casos) est\u00e1n relacionados con la orientaci\u00f3n sexual de las v\u00edctimas.<\/p>\n<h2>2. Legislaci\u00f3n estatal sobre discriminaciones o delitos de odio y protecci\u00f3n de derechos<\/h2>\n<p>El caso de Ecuador presenta un escenario de contraste extremo, ya que posee una de las Constituciones m\u00e1s garantistas del mundo (la primera en reconocer los Derechos de la Naturaleza y proteger expl\u00edcitamente la orientaci\u00f3n sexual), pero enfrenta una crisis de seguridad ciudadana que ha invisibilizado la violencia selectiva contra las poblaciones vulnerables.<\/p>\n<h3>Derechos<\/h3>\n<p>2008 Protecci\u00f3n Constitucional basada en la orientaci\u00f3n sexual y la identidad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>2009 Incitaci\u00f3n al odio basada en la orientaci\u00f3n sexual y la identidad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>2012 Regulaciones de las mal llamadas \u201cterapias de conversi\u00f3n\u201d a nivel nacional.<\/p>\n<p>2014 Ley de delitos de odio basada en la identidad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Legalizaci\u00f3n de las uniones civiles para parejas del mismo sexo.<\/p>\n<p>2019 Legalizaci\u00f3n del matrimonio igualitario.<\/p>\n<p>2024 Reconocimiento de la identidad de g\u00e9nero con base en la autopercepci\u00f3n.<\/p>\n<h3>Legislaci\u00f3n estatal<\/h3>\n<p>La Constituci\u00f3n del Ecuador (2008) proh\u00edbe la discriminaci\u00f3n basada en la orientaci\u00f3n sexual. Adem\u00e1s, consagra el derecho de toda persona a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables con respecto a su sexualidad, vida y orientaci\u00f3n sexual. Y protege los derechos de toda persona a la confidencialidad de la informaci\u00f3n sobre su vida sexual.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 83(14) establece como \u00abdeber\u00bb y \u00abresponsabilidad\u00bb de todos los ecuatorianos respetar y reconocer las diversas orientaciones sexuales e identidades sexuales.<\/p>\n<p>A pesar de estas protecciones, el art\u00edculo 68 limita expresamente la adopci\u00f3n de ni\u00f1os a las parejas de distinto sexo.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se proh\u00edbe la discriminaci\u00f3n basada en la \u00abidentidad de g\u00e9nero\u00bb en la Constituci\u00f3n del Ecuador.<\/p>\n<p>C\u00f3digo Org\u00e1nico Integral Penal (COIP, 2014):<\/p>\n<p>Art. 177: Tipifica los actos de odio. Establece penas privativas de libertad de uno a tres a\u00f1os para quien cometa actos de violencia f\u00edsica o psicol\u00f3gica moral motivados por odio. Esta disposici\u00f3n tambi\u00e9n establece penas agravadas para las lesiones corporales y la muerte causadas por actos de odio basados en la \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb o \u00abidentidad de g\u00e9nero\u00bb. Si estos actos derivan en la muerte de la v\u00edctima, la pena asciende de 22 a 26 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Art. 176: Sanciona la discriminaci\u00f3n que restrinja o anule el ejercicio de derechos. Tambi\u00e9n la Ley 0 (2009) modific\u00f3 el C\u00f3digo Penal de 1971 para prohibir la difusi\u00f3n p\u00fablica del odio por motivos de \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb o \u00abidentidad sexual\u00bb. El nuevo C\u00f3digo Penal de 2014 mantuvo esta prohibici\u00f3n en el art\u00edculo 176, pero mencionando la \u00abidentidad de g\u00e9nero\u00bb en lugar de la \u00abidentidad sexual\u00bb.<\/p>\n<p>Protecci\u00f3n contra las \u00abTerapias de Conversi\u00f3n\u00bb: Ecuador es uno de los pocos pa\u00edses con regulaciones espec\u00edficas desde 2012 para sancionar a cl\u00ednicas est\u00e9ticas o centros religiosos que prometen \u00abcurar\u00bb la homosexualidad, pr\u00e1ctica considerada tortura.<\/p>\n<p>Comunicaci\u00f3n Antidiscriminaci\u00f3n: La Ley Org\u00e1nica de Comunicaci\u00f3n proh\u00edbe expl\u00edcitamente contenidos discriminatorios, estableciendo responsabilidades para los medios que difundan discursos de odio.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n existe una disposici\u00f3n, en el art\u00edculo 27 de la Ley Org\u00e1nica de Salud (Ley No. 67) de 2006 por la que exige a los medios de comunicaci\u00f3n que se abstengan de difundir informaci\u00f3n que pueda promover la discriminaci\u00f3n por \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb. Adem\u00e1s, la Ley org\u00e1nica de comunicaciones de 2013 en su art\u00edculo 62 proh\u00edbe la difusi\u00f3n de contenidos en medios de comunicaci\u00f3n que promuevan la discriminaci\u00f3n y la incitaci\u00f3n a realizar pr\u00e1cticas violentas o discriminatorias por razones \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb o \u00abidentidad de g\u00e9nero\u00bb seg\u00fan el art\u00edculo 61.<\/p>\n<p>En cuanto a la discriminaci\u00f3n racial encontramos casos judiciales en los que no solo se castig\u00f3 un acto individual, sino que se oblig\u00f3 a los Estados a reconocer el racismo estructural.<\/p>\n<p>&#8211; Caso de Michael Arce (2013-2015):<\/p>\n<p>Michael Arce, un joven cadete afroecuatoriano, fue v\u00edctima de torturas y tratos degradantes por parte de su instructor en la Escuela Militar (ESMIL) debido a su color de piel. Este fue el primer caso de odio racial que lleg\u00f3 a una sentencia condenatoria en Ecuador bajo el nuevo C\u00f3digo Org\u00e1nico Integral Penal (COIP). Con esta sentencia se demostr\u00f3 que el racismo estaba institucionalizado en las fuerzas de seguridad, adem\u00e1s de lograrse la primera condena por delito de odio. Oblig\u00f3 a las Fuerzas Armadas y a la Polic\u00eda Nacional a incluir m\u00f3dulos obligatorios de derechos humanos y no discriminaci\u00f3n en su formaci\u00f3n y a revisar sus reglamentos internos de disciplina para evitar el perfilamiento racial.<\/p>\n<p>&#8211; Caso Furukawa (Ecuador, 2024): El hito de la esclavitud moderna<\/p>\n<p>En diciembre de 2024, la Corte Constitucional reconoci\u00f3 el racismo estructural al condenar a la empresa Furukawa por mantener esclavitud moderna contra trabajadores (afrodescendientes en su mayor\u00eda) en condiciones insalubres por d\u00e9cadas. Esta sentencia es especialmente relevante ya que obliga al Estado a reparar hist\u00f3ricamente a las comunidades negras y reconoce que la falta de fiscalizaci\u00f3n estatal fue producto de un racismo sist\u00e9mico que invisibiliz\u00f3 a estas personas durante d\u00e9cadas. Adem\u00e1s, establece un precedente para que las empresas sean responsables por violaciones de derechos humanos con componentes raciales.<\/p>\n<h1 id=\"marruecos\">Marruecos<\/h1>\n<h2>1. Existencia de datos sobre cr\u00edmenes de odio<\/h2>\n<p>No existen datos p\u00fablicos oficiales sobre asesinatos por motivos de odio en Marruecos. Esta ausencia de datos oficiales no es una omisi\u00f3n accidental, sino una pol\u00edtica de Estado. La criminalizaci\u00f3n de la diversidad sexual y la sensibilidad pol\u00edtica sobre ciertas regiones impiden la creaci\u00f3n de mecanismos de monitoreo independientes.<\/p>\n<p>En Marruecos tambi\u00e9n existe una discriminaci\u00f3n y persecuci\u00f3n hacia los habitantes del Rif, una regi\u00f3n del norte de Marruecos. La poblaci\u00f3n rife\u00f1a, en su mayor\u00eda bereber\/amazigh, denuncia una marginaci\u00f3n hist\u00f3rica. Tras las protestas del movimiento Hirak al-Rif (2016-2017), se ha intensificado la vigilancia y la detenci\u00f3n de l\u00edderes locales, lo que activistas califican como una persecuci\u00f3n por identidad regional y pol\u00edtica.<\/p>\n<p>Tampoco se dispone de estad\u00edsticas oficiales sobre asesinatos racistas, pero se han documentado casos de violencia y discriminaci\u00f3n racial, especialmente hacia personas migrantes subsaharianas. Marruecos ha pasado de ser un pa\u00eds de tr\u00e1nsito de personas en su ruta hacia Europa, a uno de acogida forzada ante la imposibilidad de llegar al continente. Se documentan ataques racistas, redadas arbitrarias y desplazamientos forzosos hacia el desierto (cerca de la frontera con Argelia) para alejar a los migrantes de las vallas de Ceuta y Melilla.<\/p>\n<p>Al igual que ha sucedido en otros pa\u00edses vecinos, en 2020 se produjo una campa\u00f1a masiva de ciberacoso conocido como \u00abouting\u00bb en redes sociales donde se expuso la identidad de cientos de hombres gais, derivando en suicidios, expulsiones familiares y detenciones policiales. Esta t\u00e9cnica es<\/p>\n<h3>1.1 Fuentes de informaci\u00f3n<\/h3>\n<p>Lo mismo sucede con las fuentes, no encontramos organizaciones ni instituciones que realicen un seguimiento de estos cr\u00edmenes.<\/p>\n<p>Organizaciones como Kif-Kif (pionera en el activismo LGBTIQ+ marroqu\u00ed) o el colectivo Akaliyat operan desde el extranjero o de forma semiclandestina. Intentar registrar una asociaci\u00f3n dedicada a estos temas es ilegal bajo el argumento de \u00abatentado a la moral\u00bb.<\/p>\n<h3>1.2 Registro de cifras y tendencias<\/h3>\n<p>Tampoco existen registros.<\/p>\n<h2>2. Legislaci\u00f3n estatal sobre discriminaciones o delitos de odio y protecci\u00f3n de derechos<\/h2>\n<h3>Derechos<\/h3>\n<p>El art\u00edculo 489 del C\u00f3digo penal marroqu\u00ed castiga con hasta tres a\u00f1os de c\u00e1rcel la homosexualidad. Este art\u00edculo es la base de la persecuci\u00f3n a las personas LGTBIQ+ al perseguir \u00abactos licenciosos o contra natura con un individuo del mismo sexo\u00bb con penas de 6 meses a 3 a\u00f1os de prisi\u00f3n. Las detenciones suelen basarse en denuncias de vecinos o redadas en domicilios privados. Las parejas del mismo sexo no pueden unirse civilmente ni contraer matrimonio en Marruecos.<\/p>\n<p>Por otro lado, en su art\u00edculo 490 se proh\u00edben las relaciones sexuales fuera del matrimonio, hecho frecuentemente usado contra mujeres y personas LGBTIQ+.<\/p>\n<h3>Legislaci\u00f3n estatal<\/h3>\n<p>El marco jur\u00eddico vigente en Marruecos no proh\u00edbe la incitaci\u00f3n al odio, la discriminaci\u00f3n o la violencia por motivos de \u201corientaci\u00f3n sexual\u201d, \u201cidentidad de g\u00e9nero\u201d, \u201cexpresi\u00f3n de g\u00e9nero\u201d o \u201ccaracter\u00edsticas sexuales\u201d. Ni tampoco agrava las penas a los delitos cometidos por motivos de \u201corientaci\u00f3n sexual\u201d, la \u201cidentidad de g\u00e9nero\u201d, la \u201cexpresi\u00f3n de g\u00e9nero\u201d o las \u201ccaracter\u00edsticas sexuales\u201d ni tampoco considera de manera expl\u00edcita a estos delitos como \u201cdelitos de odio\u201d.<\/p>\n<p>Por otro lado, el art\u00edculo 3 del Decreto que Regula el Derecho de Asociaci\u00f3n de 1958, proh\u00edbe a las asociaciones dedicarse a actividades que, entre otras cosas, \u00abinfrinjan las leyes o la moral p\u00fablica\u00bb u \u00abofendan al Islam\u00bb. Se introdujeron nuevas enmiendas mediante el Decreto No.2-04-969 en 2005, que incluyen disposiciones prohibitivas, como las capacidades de las asociaciones al inicio de su operaci\u00f3n. Este fue el caso de una organizaci\u00f3n marroqu\u00ed LGBT que intent\u00f3 registrarse en 2016, pero las autoridades se negaron incluso a aceptar la solicitud y, seg\u00fan relataron expulsaron a los solicitantes de la oficina de registro.<\/p>\n<p>En su informe anual de 2023, la AMDH denunci\u00f3 un aumento de los comportamientos racistas contra las personas migrantes en Marruecos. La organizaci\u00f3n critic\u00f3 tambi\u00e9n los arrestos y alejamientos hacia el interior del pa\u00eds de emigrantes subsaharianos que intentan acercarse a las ciudades costeras o fronterizas con las localidades espa\u00f1olas de Ceuta y Melilla para cruzar hacia Europa .<\/p>\n<p>En 2023, Marruecos firm\u00f3 en acuerdos de cooperaci\u00f3n con la Uni\u00f3n Europea para el control migratorio, que se han traducido en una mayor criminalizaci\u00f3n del color de piel y una persecuci\u00f3n y detenciones basadas puramente en rasgos f\u00edsicos (perfilamiento racial).<\/p>\n<h1 id=\"salvador\">Salvador<\/h1>\n<h2>1. Existencia de datos sobre cr\u00edmenes de odio<\/h2>\n<p>El Salvador posee reformas penales pioneras en la regi\u00f3n para castigar los cr\u00edmenes de odio, pero a su vez se est\u00e1 dando un desmantelamiento institucional de las pol\u00edticas de inclusi\u00f3n y un discurso gubernamental que estigmatiza activamente a la poblaci\u00f3n LGBTIQ+. Adem\u00e1s, la gran cantidad de homicidios registrados en el Salvador eclipsa las cifras de asesinatos de odio. Existen esfuerzos de medici\u00f3n tripartita, el subregistro sigue siendo la norma debido al miedo a la denuncia y a la falta de formaci\u00f3n en las fuerzas de seguridad para identificar motivaciones de prejuicio.<\/p>\n<h3>1.1 Fuentes de informaci\u00f3n<\/h3>\n<p>Se cuenta con datos estad\u00edsticos de homicidios de personas LGBTI+ registrados a partir del 2010 por la Polic\u00eda Nacional Civil. A partir del 2019 los datos de homicidios contra personas LGBTI+ comenzaron a ser emitidos por la Mesa Operativa Tripartita integrada por la Polic\u00eda Nacional Civil, el Instituto de Medicina Legal y la Fiscal\u00eda General de la Rep\u00fablica.<\/p>\n<p>Mesa Operativa Tripartita: Desde 2019, las cifras oficiales provienen de la articulaci\u00f3n entre la Polic\u00eda Nacional Civil (PNC), el Instituto de Medicina Legal (IML) y la Fiscal\u00eda General de la Rep\u00fablica (FGR).<\/p>\n<p>Sociedad Civil: Organizaciones como COMCAVIS TRANS y la Federaci\u00f3n Salvadore\u00f1a LGBTI son las fuentes m\u00e1s confiables, ya que documentan casos que el sistema judicial clasifica simplemente como \u00abhomicidios comunes\u00bb. COMCAVIS ha registrado m\u00e1s de 600 asesinatos desde 1993, duplicando las cifras estatales.<\/p>\n<p>Aunque no existen estad\u00edsticas oficiales, se ha documentado que personas afrodescendientes enfrentan discriminaci\u00f3n racial, especialmente en zonas rurales y en el acceso a servicios p\u00fablicos.<\/p>\n<p>La disoluci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General de Estad\u00edsticas y Censos (DIGESTYC) en 2022 supuso una p\u00e9rdida grave de transparencia y registro de cr\u00edmenes de odio, ya que esta entidad lograba cifras m\u00e1s altas al cruzar datos con el sector salud y organizaciones sociales.<\/p>\n<h3>1.2 Registro de cifras y tendencias<\/h3>\n<p>De 2010 a septiembre de 2021, oficialmente, se registraron 132 homicidios contra personas LGBTI+ a nivel nacional.<\/p>\n<p>Este n\u00famero representar\u00eda \u00fanicamente el 0,32% del total de homicidios, al cotejarlos con el total de homicidios para ese mismo periodo de tiempo, que fue de 41.409 homicidios registrados en El Salvador lo que expone una epidemia de homicidios en el pa\u00eds.<\/p>\n<p>Las organizaciones LGBTI+ cuestionan las cifras oficiales de homicidios contra personas LGBTI+, aduciendo una falta de registros de todos los casos que suceden. Asociaciones de la Sociedad Civil registran 305 homicidios de personas LGBTI+.<\/p>\n<p>Desde 1993 hasta hoy, la organizaci\u00f3n COMCAVIS TRANS ha documentado m\u00e1s de 600 asesinatos de personas LGBTIQ+.<\/p>\n<p>En 2019 se present\u00f3 p\u00fablicamente un compendio de Hechos de Violencia Contra la Poblaci\u00f3n LGBTI a Nivel Nacional entre 2015 y junio de 2019, en el cual se ven divergencias en las cifras de homicidios en los a\u00f1os indicados anteriormente.<\/p>\n<p>En las estad\u00edsticas proporcionadas por la extinta Direcci\u00f3n General de Estad\u00edsticas y Censos (DIGESTYC) se puede apreciar que en tan solo cuatro a\u00f1os y un semestre se obtiene el 60% del n\u00famero de casos reportados entre 2010 y 2019 de forma oficial.<\/p>\n<p>Esta diferencia entre las cifras de homicidios responde al hecho de que el informe realizado por la DIGESTYC se nutri\u00f3 con fuentes m\u00e1s all\u00e1 del sector justicia. La DIGESTYC indic\u00f3 que las cifras publicadas provienen de instituciones que integran el sector justicia como Fiscal\u00eda General de la Rep\u00fablica, Juzgados, Procuradur\u00eda para la Defensa de los Derechos Humanos, Procuradur\u00eda General de la Rep\u00fablica y la Polic\u00eda Nacional Civil. Adem\u00e1s de contar con informaci\u00f3n de otras instituciones como el Instituto de Desarrollo de la Mujer, Sector Salud, Ciudad Mujer, entre otras y la Sociedad Civil proporcion\u00f3 tambi\u00e9n informaci\u00f3n.<\/p>\n<h2>2. Legislaci\u00f3n estatal sobre discriminaciones o delitos de odio y protecci\u00f3n de derechos<\/h2>\n<h3>Derechos reconocidos<\/h3>\n<p>2015 se aprueba la Ley de delitos de odio basada en la orientaci\u00f3n sexual, la identidad de g\u00e9nero y la expresi\u00f3n de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>No es legal el matrimonio entre personas del mismo sexo, ni la adopci\u00f3n.<\/p>\n<h3>Legislaci\u00f3n estatal<\/h3>\n<p>El Salvador cuenta con una de las penas m\u00e1s severas de la regi\u00f3n para cr\u00edmenes de odio.<\/p>\n<p>Homicidio Agravado (Art. 129), que se reform\u00f3 para incluir el odio por raza, etnia, orientaci\u00f3n sexual e identidad y expresi\u00f3n de g\u00e9nero como agravantes, elevando las penas a un rango de 30 a 50 a\u00f1os (y hasta 60 a\u00f1os en ciertas condiciones). Tambi\u00e9n penaliza las amenazas (Art. 155) con 3 a 6 a\u00f1os de prisi\u00f3n cuando tienen motivaci\u00f3n de odio.<\/p>\n<p>Con un \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n restringido, el art\u00edculo 1 del Decreto Ejecutivo No. 56 de 2010 proh\u00edbe todas las formas de discriminaci\u00f3n por motivos de \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb \u00fanicamente en el \u00e1mbito de la administraci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n<p>A pesar del rigor del C\u00f3digo Penal salvadore\u00f1o, bajo el gobierno de Nayib Bukele ha sido desmantelada la estructura institucional de protecci\u00f3n. Se ha eliminado la Secretar\u00eda de Inclusi\u00f3n Social. El cierre de esta entidad y el de la Direcci\u00f3n de Diversidad Sexual, el Decreto Ejecutivo No. 56 (que proh\u00edbe la discriminaci\u00f3n en la administraci\u00f3n p\u00fablica) ha quedado sin capacidad de aplicaci\u00f3n al no existir un organismo que supervise su cumplimiento.<\/p>\n<p>En junio de 2024, el Presidente Burkele llev\u00f3 a cabo una purga con el despido de m\u00e1s de 300 trabajadores del Ministerio de Cultura, alegando que participaban en la \u00abpromoci\u00f3n de una agenda LGBT incompatible con la visi\u00f3n del gobierno\u00bb. Esto marca un hito de discriminaci\u00f3n laboral estatal.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n el presidente y otros pol\u00edticos han promovido discursos contrarios a la diversidad sexual alentando el estigma y el discurso de odio que se materializa en agresiones y cr\u00edmenes de odio. La narrativa gubernamental ha virado hacia la defensa de la \u00abfamilia tradicional\u00bb y el rechazo a la \u00abideolog\u00eda de g\u00e9nero\u00bb, lo que seg\u00fan la CIDH y la ONU, valida el estigma social y aumenta el riesgo de agresiones f\u00edsicas contra personas LGBTIQ+.<\/p>\n<p>Bajo el actual R\u00e9gimen de Excepci\u00f3n, organizaciones de DD.HH. han denunciado detenciones arbitrarias de personas trans basadas en prejuicios de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Esto visibiliza que aunque exista una buena ley penal el pa\u00eds puede pasar de ser referente en legislaci\u00f3n de avanzada a enfrentar una \u00abreacci\u00f3n conservadora\u00bb que ha paralizado esta protecci\u00f3n. Bajo el actual R\u00e9gimen de Excepci\u00f3n (vigente desde marzo de 2022), la suspensi\u00f3n de garant\u00edas constitucionales ha creado un escenario de indefensi\u00f3n absoluta y peligro para las personas trans.<\/p>\n<p>Organizaciones como Cristosal y COMCAVIS TRANS han documentado detenciones de mujeres trans bajo la acusaci\u00f3n gen\u00e9rica de \u00abagrupaciones il\u00edcitas\u00bb, interpretando la polic\u00eda la expresi\u00f3n de g\u00e9nero no normativa como un signo de pertenencia a pandillas o de \u00abdesorden moral\u00bb.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s existe una falta de transparencia e informaci\u00f3n bas\u00e1ndose en el R\u00e9gimen de Excepci\u00f3n que ha blindado la informaci\u00f3n p\u00fablica, de manera que cualquier muerte en custodia estatal se clasifica bajo protocolos de seguridad nacional, impidiendo que la sociedad civil verifique si hubo motivaci\u00f3n de odio.<\/p>\n<h1 id=\"honduras\">Honduras<\/h1>\n<h2>1. Existencia de datos sobre cr\u00edmenes de odio<\/h2>\n<p>Desde el golpe de Estado de 2009, las asociaciones de derechos humanas reportan que la violencia contra la comunidad LGTBI+, incluyendo a las personas defensoras de derechos humanos, ha ido en aumento. La situaci\u00f3n en Honduras es cr\u00edtica y la comunidad LGBTQ+ enfrenta una violencia estructural con casi total impunidad. A pesar de algunos avances legales y simb\u00f3licos el Estado sigue sin cumplir con las recomendaciones, y la violencia contra estas comunidades es una amenaza real y constante.<\/p>\n<p>En cuanto a cr\u00edmenes de odio racistas, Honduras presenta tasas muy altas de impunidad en casos de violencia, lo que agrava las vulnerabilidades estas comunidades racializadas. Es el caso del pueblo gar\u00edfuna, donde se documenta una persecuci\u00f3n sistem\u00e1tica ligada al control territorial.<\/p>\n<h3>1.1 Fuentes de informaci\u00f3n<\/h3>\n<p>M\u00faltiples organizaciones y ONGs reportan diferentes cifras de asesinatos de personas LGTBIQ+. No existen cifras oficiales. La ausencia de un sistema oficial de recolecci\u00f3n de datos obliga a depender de la labor de monitoreo de la sociedad civil, como Cattrachas, CONADEH y OFRANEH.<\/p>\n<p>Cattrachas: Red L\u00e9sbica que gestiona el observatorio m\u00e1s riguroso del pa\u00eds.<\/p>\n<p>CONADEH: El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos aporta cifras institucionales que, aunque elevadas, suelen ser conservadoras frente a los registros de ONG.<\/p>\n<p>OFRANEH: Organizaci\u00f3n clave en la documentaci\u00f3n de la violencia contra el pueblo Gar\u00edfuna.<\/p>\n<h3>1.2 Registro de cifras y tendencias<\/h3>\n<h4 align=\"justify\">Cr\u00edmenes contra personas LGTBIQ+:<\/h4>\n<p>Entre 2003 y julio de 2012, se han documentado m\u00e1s de 200 cr\u00edmenes de odio contra miembros de la comunidad LGBTI, seg\u00fan el informe del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional CEJIL, de los cuales 111 fueron asesinatos, 63 fueron personas trans y 36 hombres homosexuales.<\/p>\n<p>El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH), manifest\u00f3 que entre 2009 y 2019, alrededor de 50 municipios de trece departamentos del pa\u00eds han sido escenario de muertes violentas de miembros de la comunidad L\u00e9sbica, Gay, Transexual, Bisexual e Intersexual (LGTBI), que a la fecha suman, al menos, 325 v\u00edctimas.<\/p>\n<p>El Observatorio de Violencia hacia personas LGTBIQ+ de Honduras, documenta que desde 2004 al menos 565 miembros de la comunidad LGTBIQ+ han sido asesinados en Honduras, 47 de ellos en 2024, y m\u00e1s del 98 % de los casos siguen impunes.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el Observatorio de Muertes Violentas de Cattrachas, desde 2009 hasta mayo de 2022 han muerto violentamente en el pa\u00eds m\u00e1s de 400 personas de la diversidad sexual.<br \/>\nHonduras Diversa recoge que en el 2022 la cifra de asesinatos fue de 46 personas.<\/p>\n<p>En 2022 las organizaciones internacionales Front Line Defenders y Peace Brigades International (PBI) hicieron un comunicado en el que expresaban su preocupaci\u00f3n por el aumento de los delitos contra la comunidad LGTBI+ en Honduras, con cifras de 42 muertes violentas registradas: veintisiete hombres gay, seis mujeres trans, cinco mujeres lesbianas, tres hombres bisexuales y un hombre de orientaci\u00f3n sexual indeterminada. Siete de estas personas eran consideradas defensoras de derechos humanos.<\/p>\n<p>En el 2023, seg\u00fan el Observatorio de la Red L\u00e9sbica Cattrachas, 47 personas LGBT+ han sido asesinadas; 18 de ellas son personas trans, 17 gays y 12 lesbianas. La Organizaci\u00f3n Fraternal Negra de Honduras (OFRANEH), por la defensa de los derechos de los gar\u00edfunas, ha logrado fallos favorables ante la Corte IDH, pero sus l\u00edderes enfrentan criminalizaci\u00f3n, amenazas de muerte y violencia constante.<\/p>\n<h4>Cr\u00edmenes racistas:<\/h4>\n<p>En Honduras, la violencia racista adem\u00e1s de un fen\u00f3meno de agresiones aisladas entre individuos, es tambi\u00e9n un conflicto de Estado y territorio. Esto tiene una funci\u00f3n econ\u00f3mica ya que se utiliza para despojar de tierras a las comunidades que estorban a megaproyectos extractivos o tur\u00edsticos.<\/p>\n<p>Las ZEDEs (Zonas de Empleo y Desarrollo Econ\u00f3mico), conocidas como Ciudades Modelo, son zonas de reg\u00edmenes especiales se instalaron a menudo sobre territorios ancestrales, donde el Estado ignora los t\u00edtulos de propiedad colectiva de estas comunidades, trat\u00e1ndolas como \u00abtierras bald\u00edas\u00bb o \u00abinvasores\u00bb en su propia tierra.<\/p>\n<p>El extractivismo y las ZEDEs han desplazado a 46 comunidades gar\u00edfunas que est\u00e1n siendo arrinconadas con violencia y racismo, que provoca una sistem\u00e1tica p\u00e9rdida de territorio. Durante el periodo de la pandemia, la letalidad contra l\u00edderes gar\u00edfunas se intensific\u00f3 con 25 asesinatos reportados, 18 asesinatos en el a\u00f1o anterior, y 7 m\u00e1s en lo que iba del a\u00f1o siguiente, incluyendo 4 durante el periodo pand\u00e9mico.<\/p>\n<p>En 2020, hombres con uniformes de la Direcci\u00f3n Policial de Investigaciones (DPI) secuestraron a Sneider Centeno (presidente del patronato de la comunidad) y a otros tres j\u00f3venes gar\u00edfunas como represalia ya que la comunidad hab\u00eda ganado una sentencia en la Corte IDH que obligaba al Estado a devolverles tierras. A d\u00eda de hoy siguen desaparecidos, escenificando el ejemplo m\u00e1ximo de crimen racista de Estado, donde las fuerzas de seguridad act\u00faan como brazo armado de intereses privados.<\/p>\n<p>El racismo en Honduras est\u00e1 \u00abinstitucionalizado\u00bb a trav\u00e9s de la criminalizaci\u00f3n de los defensores. Como ocurri\u00f3 con el Asesinato de Berta C\u00e1ceres, defensora de los derechos medioambientales e ind\u00edgenas, en 2016, que supuso un crimen racista innegable. Durante el proceso judicial, se evidenci\u00f3 que los ejecutivos de la empresa hidroel\u00e9ctrica DESA se refer\u00edan a la comunidad Lenca con t\u00e9rminos despectivos, consider\u00e1ndolos \u00abinferiores\u00bb y un obst\u00e1culo para el progreso. El asesinato de la activista fue el castigo por la valor de un pueblo ind\u00edgena al enfrentarse al capital transnacional.<\/p>\n<h2>2. Legislaci\u00f3n estatal sobre discriminaciones o delitos de odio y protecci\u00f3n de derechos<\/h2>\n<h3>Derechos<\/h3>\n<p>El matrimonio igualitario no es legal ni la adopci\u00f3n por parejas del mismo sexo, es m\u00e1s, Honduras modific\u00f3 su Constituci\u00f3n en 2005 para definir el matrimonio como estrictamente entre un hombre y una mujer.<\/p>\n<p>En enero de 2021, el poder legislativo aprob\u00f3 una reforma adicional con el objetivo de exigir que fuera necesaria una mayor\u00eda agravada para futuros intentos de legalizaci\u00f3n del matrimonio entre personas del mismo sexo, en lugar de una mayor\u00eda simple como hasta ahora.<\/p>\n<h3>Legislaci\u00f3n estatal<\/h3>\n<p>Honduras ha integrado figuras de protecci\u00f3n en su C\u00f3digo Penal, aunque su aplicaci\u00f3n real es m\u00ednima.<\/p>\n<p>El C\u00f3digo Penal de 1983 reformado en 2013, establece que el odio a la \u201corientaci\u00f3n sexual\u201d de la v\u00edctima es una circunstancia agravante.<\/p>\n<p>Desde 2020, el agravamiento de penas a delitos cometidos con base en la \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb y con base en la \u00abidentidad de g\u00e9nero\u00bb de la v\u00edctima se encuentra bajo el art\u00edculo 32(8) del C\u00f3digo Penal de 2020. Tambi\u00e9n se tipifica como delito la incitaci\u00f3n al odio o la discriminaci\u00f3n por motivos de \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb e \u201cidentidad de g\u00e9nero\u201d.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 213 del C\u00f3digo Penal establece como delito la incitaci\u00f3n a la discriminaci\u00f3n o a cualquier forma de violencia por los motivos prohibidos en el mismo t\u00edtulo del C\u00f3digo (incluida la \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb en el art\u00edculo 211). Se crea el Art\u00edculo 321-A, que penaliza la incitaci\u00f3n p\u00fablica al odio, violencia o persecuci\u00f3n por cualquiera de esos motivos, con 3 a 5 a\u00f1os de prisi\u00f3n y multas de entre 50,000 y 300,000 lempiras.<\/p>\n<p>El Observatorio de Violencia hacia personas LGTBIQ+ de Honduras denuncia que la ausencia de un marco legal integral para las personas LGTBI+ en el pa\u00eds est\u00e1 contribuyendo \u00aba la ola de violencia, ya que no existe un respaldo jur\u00eddico adecuado\u00bb, adem\u00e1s de una \u00abdebilidad\u00bb en los procesos de investigaci\u00f3n, que lleva a \u201caltos niveles de impunidad\u201d fortaleciendo los \u201cactos de violencia hacia las personas LGBTI\u201d.<\/p>\n<p>En el pa\u00eds existen leyes penales que castigan la discriminaci\u00f3n, pero tambi\u00e9n leyes agrarias y administrativas que la facilitan. El sistema legal hondure\u00f1o ha sido dise\u00f1ado para proteger la propiedad privada individual, lo que choca frontalmente con los derechos de los pueblos afrodescendientes e ind\u00edgenas.<\/p>\n<p>El C\u00f3digo Penal vigente establece que cometer un delito por motivos de odio o desprecio basados en el color, linaje, etnia o grupo nacional de la v\u00edctima es una circunstancia que aumenta la pena. Tambi\u00e9n tipifica como delito la denegaci\u00f3n de servicios (p\u00fablicos o privados) por motivos raciales, con penas que van de 1 a 3 a\u00f1os de prisi\u00f3n. Y penaliza la difusi\u00f3n p\u00fablica de mensajes que promuevan la violencia o la persecuci\u00f3n contra grupos \u00e9tnicos.<\/p>\n<p>Pero a pesar de esta legislaci\u00f3n, no existe una Fiscal\u00eda Especializada en Cr\u00edmenes de Odio. Esto significa que los fiscales suelen tratar un asesinato racista como un homicidio com\u00fan, no aplicando estas agravantes.<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) conden\u00f3 en 2019 la prevalencia de asesinatos y otras formas de violencia contra mujeres gar\u00edfunas en Honduras, por raz\u00f3n de su g\u00e9nero y de su origen \u00e9tnico\u2013racial. La CIDH pidi\u00f3 al Estado hondure\u00f1o que lleve a cabo estrategias integrales para prevenir estos hechos, proteger a las mujeres gar\u00edfunas en situaci\u00f3n de riesgo y cumplir con su obligaci\u00f3n de debida diligencia para investigar, juzgar y sancionar a los responsables, as\u00ed como ofrecer reparaci\u00f3n integral a todas las v\u00edctimas.<\/p>\n<p>Especialmente relevante fue la Sentencia del Caso Vicky Hern\u00e1ndez y otras Vs. Honduras de fecha 26 de marzo de 2021, donde la Corte Interamericana de Derechos Humanos declar\u00f3 la responsabilidad del Estado de Honduras en la muerte de Vicky Hern\u00e1ndez, una mujer trans, trabajadora sexual y reconocida activista dentro del \u201cColectivo Unidad Color Rosa\u201d ocurrida el 28 de junio de 2009. La Corte constat\u00f3 que hab\u00eda indicios de la participaci\u00f3n de agentes estatales que apuntan a una responsabilidad del Estado por la violaci\u00f3n al derecho a la vida y a la integridad de Vicky Hern\u00e1ndez, ocurrida en un contexto de violencia contra las personas LGBTI, y en particular contra las mujeres trans trabajadoras sexuales.<\/p>\n<p>En 2022, la presidenta Xiomara Castro pidi\u00f3 disculpas p\u00fablicamente por ese crimen, un precedente sin igual en Honduras.<\/p>\n<p>En esta sentencia, entre otras reparaciones, se solicit\u00f3 al Estado la adopci\u00f3n de un plan permanente de capacitaci\u00f3n en materia LGTBI+ para agentes de las fuerzas de seguridad del Estado y un protocolo para la investigaci\u00f3n y administraci\u00f3n de justicia durante los procesos penales en casos de v\u00edctimas LGTBI+ de violencia.<\/p>\n<h1 id=\"bolivia\">Bolivia<\/h1>\n<h2>1. Existencia de datos sobre cr\u00edmenes de odio<\/h2>\n<p>Existen registros de datos de asesinatos de personas LGTBIQ+, aunque con cifras diferentes dependiendo quien las recopile.<\/p>\n<p>No existen registros de otros cr\u00edmenes de odio, por motivaci\u00f3n racista, religi\u00f3n, discapacidad, etc que apenas existen estad\u00edsticas o informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Bolivia es uno de los pa\u00edses latinoamericanos con mayor proporci\u00f3n de poblaci\u00f3n ind\u00edgena con alrededor del 62\u202f% del total.<\/p>\n<h3>1.1 Fuentes de informaci\u00f3n<\/h3>\n<p>Observatorio de los Derechos LGBT: es la parte de monitoreo de la Coalici\u00f3n de Organizaciones LGBTI de Bolivia, una plataforma que agrupa a m\u00faltiples colectivos de los nueve departamentos del pa\u00eds. Funciona con el apoyo t\u00e9cnico de agencias como el PNUD (Naciones Unidas) y la Cooperaci\u00f3n Internacional. Solo reportan casos donde han podido confirmar mediante el expediente fiscal que la motivaci\u00f3n fue el odio. Son la fuente que utiliza el Estado cuando tiene que rendir cuentas ante organismos internacionales.<\/p>\n<p>Por otro lado, la Asociaci\u00f3n Diversa, Asociaci\u00f3n Civil Diversidad Sexual y Derechos Humanos (ADIBOL) y otras redes territoriales, son organizaciones de base, muchas veces lideradas por personas trans y activistas de larga trayectoria que trabajan en los barrios y zonas perif\u00e9ricas.<\/p>\n<p>Realizan lo que se conoce como \u00abmonitoreo comunitario\u00bb, por lo que su registro es m\u00e1s amplio porque incluye casos que la polic\u00eda clasifica como \u201cajuste de cuentas\u00bb o \u00abseguridad ciudadana\u00bb, pero que la comunidad identifica como cr\u00edmenes de odio. De manera que visibilizan la llamada \u00abcifra negra\u00bb que el Estado ignora, reportando cifras mucho m\u00e1s altas en los monitoreos de cr\u00edmenes de odio registrados.<\/p>\n<p>Asociaci\u00f3n de Mujeres Trans de Bolivia (TREBOL): Son las principales denunciantes de los transfeminicidios. Fueron fundamentales en el seguimiento de los casos de Dayana Kenia y Litzy Hurtado.<\/p>\n<p>Defensor\u00eda del Pueblo: Es la Instituci\u00f3n Nacional de Derechos Humanos. Esta instituci\u00f3n act\u00faa como el principal fiscalizador de la Ley contra el Racismo, emitiendo informes anuales que denuncian el racismo institucional persistente en la polic\u00eda y los hospitales.<\/p>\n<h3>1.2 Registro de cifras y tendencias<\/h3>\n<p>Observatorio de los Derechos LGBT registra 28 cr\u00edmenes de odio de 2009 a 2024. Pero estos solo son los casos corroborados. De estos 28 asesinatos 21 fueron trans feminicidios.<\/p>\n<p>La Asociaci\u00f3n Diversa recoge que en los \u00faltimos 14 a\u00f1os se documentaron 70 cr\u00edmenes de odio hacia personas LGBTIQ+, entre los cuales al menos 21 han sido transfeminicidios, entre 2009 y 2024.<\/p>\n<p>En 2024 se reportaron cuatro nuevos casos de cr\u00edmenes de odio contra mujeres trans en el pa\u00eds, siendo el a\u00f1o con mayor n\u00famero de cr\u00edmenes de odio registrados.<\/p>\n<p>La diferencia estad\u00edstica entre el Observatorio (28 casos) y la Asociaci\u00f3n Diversa (70 casos) evidencia el fen\u00f3meno de la subtipificaci\u00f3n penal. Mientras el Observatorio se ci\u00f1e a casos con reconocimiento judicial de odio, las organizaciones de base (Diversa) registran la violencia real en el territorio, exponiendo que el sistema de justicia boliviano suele quitar el componente de odio para procesar los casos como homicidios simples.<\/p>\n<h2>2. Legislaci\u00f3n estatal sobre discriminaciones o delitos de odio y protecci\u00f3n de derechos<\/h2>\n<h3>Derechos<\/h3>\n<p>2023 Legalizaci\u00f3n de las uniones civiles para parejas del mismo sexo<\/p>\n<p>2010 Ley de delitos de odio basada en la orientaci\u00f3n sexual y la identidad de g\u00e9nero Incitaci\u00f3n al odio basada en la orientaci\u00f3n sexual y la identidad de g\u00e9nero<\/p>\n<p>2009 Protecci\u00f3n Constitucional basada en la orientaci\u00f3n sexual y la identidad de g\u00e9nero<\/p>\n<h3>Legislaci\u00f3n estatal<\/h3>\n<p>Bolivia posee una de las leyes antirracistas m\u00e1s completas del mundo, y uno de los marcos normativos m\u00e1s ambiciosos y detallados de toda la regi\u00f3n. Al ser un Estado Plurinacional, su legislaci\u00f3n no solo busca proteger a individuos, sino reparar exclusiones hist\u00f3ricas. Sin embargo, la brecha entre la regulaci\u00f3n y la ejecuci\u00f3n judicial es dr\u00e1stica, especialmente en casos de racismo.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 14 de la Constituci\u00f3n de Bolivia de 2009 proh\u00edbe la discriminaci\u00f3n basada en la \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb y la \u00abidentidad de g\u00e9nero\u00bb.<\/p>\n<p>La Ley contra el racismo y todas las formas de discriminaci\u00f3n (Ley No. 45) de 2010 proh\u00edbe la discriminaci\u00f3n por motivos de \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb (entre otros).<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el art\u00edculo 281 del C\u00f3digo Penal (modificado por dicha ley) tipifica como delito todo acto de discriminaci\u00f3n por motivos de \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb, \u201cidentidad de g\u00e9nero\u201d y \u00abapariencia f\u00edsica y vestimenta\u00bby agrava las penas si es cometido por funcionarios p\u00fablicos o por particulares que presten servicios p\u00fablicos. Tambi\u00e9n el art\u00edculo 40 bis agrava las penas originales en un 50% para todos los delitos motivados por cualquiera de las causas discriminatorias enumeradas en el art\u00edculo 281 sexies, incluyendo la \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb y la \u00abidentidad de g\u00e9nero\u00bb.<\/p>\n<p>Los art\u00edculos 281 sexies y septies del C\u00f3digo Penal de 2010 de Bolivia tipifica como delito todo acto de difusi\u00f3n o incitaci\u00f3n al odio basado en la \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb y en la \u00abidentidad de g\u00e9nero\u00bb.<\/p>\n<p>La Ley contra el Racismo, de 2010, proh\u00edbe y sanciona el racismo, crea un Comit\u00e9 Nacional y promueve pol\u00edticas p\u00fablicas contra el racismo en educaci\u00f3n, cultura, comunicaci\u00f3n, administraci\u00f3n p\u00fablica y servicios b\u00e1sicos, promoviendo di\u00e1logo intercultural, formaci\u00f3n en derechos humanos y valores.<\/p>\n<p>Esta ley tipifica los siguientes delitos considerados \u00abcr\u00edmenes contra la dignidad del ser humano\u00bb:<\/p>\n<p>&#8211; Restringir derechos por raza, etnia, nacionalidad, cultura, idioma o vestimenta. Pena de 3 a 7 a\u00f1os; agravantes aplicables.<\/p>\n<p>&#8211; Rechazar derechos por edad, orientaci\u00f3n sexual, identidad de g\u00e9nero, apariencia f\u00edsica y otros motivos. Pena de 1 a 5 a\u00f1os; agravantes tambi\u00e9n previstos.<\/p>\n<p>&#8211; Castiga la difusi\u00f3n o incitaci\u00f3n al odio racial o discriminaci\u00f3n (1-5 a\u00f1os). Periodistas o medios no est\u00e1n exentos.<\/p>\n<p>&#8211; Penaliza la participaci\u00f3n en organizaciones racistas (1-4 a\u00f1os).<\/p>\n<p>&#8211; Insultos racistas acarrea trabajo comunitario o multa.<\/p>\n<p>Bolivia es de los pocos pa\u00edses que penaliza espec\u00edficamente la discriminaci\u00f3n por el uso de vestimenta tradicional (pollera, abarcas, etc.), protegiendo la identidad cultural ind\u00edgena.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n recoge por ley que los medios de comunicaci\u00f3n que difundan ideas racistas pueden enfrentar sanciones administrativas y penales, lo que ha generado intensos debates sobre la libertad de expresi\u00f3n.<\/p>\n<p>A pesar de este desarrollo normativo, la Defensor\u00eda del Pueblo ha instado al Estado a reforzar las pol\u00edticas contra el racismo y se\u00f1ala una ineficacia alarmante en el sistema de justicia. Desde la promulgaci\u00f3n de la Ley en 2010, solo se han ejecutado 3 sentencias condenatorias por racismo. Esto indica que el sistema judicial est\u00e1 procesando el racismo como un delito penal, prefiriendo la v\u00eda administrativa o el archivo de causas.<\/p>\n<p>Por otro lado, hasta la fecha solo dos casos de transfeminicidios han sido juzgados y condenados los asesinos, el Dayana Kenia, asesinada en 2016 en Santa Cruz; su agresor fue condenado a 30 a\u00f1os de prisi\u00f3n y el de Litzy Hurtado, asesinada en El Alto en 2018; su agresor fue sentenciado en 2021.<\/p>\n<h1 id=\"peru\">Per\u00fa<\/h1>\n<h2>1. Existencia de datos sobre cr\u00edmenes de odio<\/h2>\n<p>Los asesinatos de odio en Per\u00fa han sido frecuentes y sistem\u00e1ticos, dirigidos especialmente contra personas LGBTIQ+. A menudo quedan en la impunidad, sin reconocimiento legal ni justicia.<\/p>\n<p>Existen registros de datos de asesinatos de personas LGTBIQ+, aunque con cifras diferentes dependiendo quien las recopile y desde fechas cercanas.<\/p>\n<p>No existen registros de otros de cr\u00edmenes de odio, por motivaci\u00f3n racista, religi\u00f3n, discapacidad, etc que apenas existen estad\u00edsticas o informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El racismo en Per\u00fa es estructural, hist\u00f3rico, y est\u00e1 arraigado en la sociedad. Las comunidades afroperuanas e ind\u00edgenas son las que sufren tasas de pobreza m\u00e1s altas, desigualdades en salud, educaci\u00f3n y justicia y mayor discriminaci\u00f3n. Aunque el Estado pidi\u00f3 perd\u00f3n en 2009, la discriminaci\u00f3n hacia las comunidades afroperuanas e ind\u00edgenas sigue siendo el motor de la pobreza. No existen estad\u00edsticas oficiales de cr\u00edmenes de odio racistas, lo que invisibiliza la violencia f\u00edsica que acompa\u00f1a a la exclusi\u00f3n econ\u00f3mica.<\/p>\n<h3>1.1 Fuentes de informaci\u00f3n<\/h3>\n<p>Observatorio de Derechos TLGBI (UPCH): Es la fuente t\u00e9cnica m\u00e1s respetada del pa\u00eds. Funciona dentro de la Universidad Peruana Cayetano Heredia. Su enfoque es acad\u00e9mico y de salud p\u00fablica; documentan no solo muertes, sino vulneraciones al derecho a la salud y la educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Observatorio de Criminalidad del Ministerio P\u00fablico: Es la fuente oficial estatal. Realiza an\u00e1lisis criminol\u00f3gicos sobre denuncias penales.<\/p>\n<p>Organizaciones de la sociedad civil: Colectivos como Promsex, Red Trans Per\u00fa y Llamado de Solidaridad alimentan estas bases de datos mediante el reporte de casos que no llegan a la prensa.<\/p>\n<h3>1.2 Registro de cifras y tendencias<\/h3>\n<p>Entre 2012 y 2021, el Ministerio P\u00fablico identific\u00f3 88 homicidios de personas LGBT, de los cuales al menos 68,9\u202f% ten\u00edan indicios de motivaci\u00f3n por prejuicio; sin embargo, solo en 2,2\u202f% de los casos se reconoci\u00f3 oficialmente motivo de orientaci\u00f3n sexual o identidad de g\u00e9nero. Esto evidencia un sistema judicial que borra la identidad de la v\u00edctima en el proceso.<\/p>\n<p>Entre 2020 y 2023 se cometieron 54 asesinatos a personas TLGBI, seg\u00fan el \u00faltimo Informe Anual del Observatorio de Derechos TLGBI de la Universidad Peruana Cayetano Heredia. De los cuales fueron mujeres trans (30), seguido por hombres gay (23) y una mujer lesbiana.<\/p>\n<p>En 2023 se increment\u00f3 el n\u00famero de homicidios con 19 casos, de los cuales 12 fueron mujeres trans y 7 gays. El a\u00f1o anterior fueron 13 personas: 8 gays y 5 mujeres trans. En 2021 diez: 5 mujeres trans y 5 gays. Y en el 2020 doce: 8 mujeres trans, 3 gays y una lesbiana.<\/p>\n<p>El informe enfatiza que los n\u00fameros de cr\u00edmenes de odio registrados son \u00fanicamente un subregistro. Ante la ausencia de estad\u00edstica estatal, utilizaron denuncias dadas a conocer por la prensa y registros directos de organizaciones LGBTIQ+. \u201cHay muchos casos de los cuales no nos hemos enterado porque no son reportados o porque las v\u00edctimas nunca visibilizaron que eran LGBTIQ+\u201d, agrega.<\/p>\n<p>Entre enero de 2012 y mayo de 2021, el Ministerio P\u00fablico identific\u00f3 84 denuncias penales relacionadas con muertes de personas presuntamente LGTB, o percibidas como tales, cifra que involucra a 88 v\u00edctimas y 72 imputados identificados, seg\u00fan la investigaci\u00f3n: Caracter\u00edsticas criminol\u00f3gicas de las muertes dolosas de personas LGTB en el Per\u00fa 2012 \u2013 2021. La investigaci\u00f3n realizada por el Observatorio de Criminalidad del Ministerio P\u00fablico junto con la Direcci\u00f3n de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y el Observatorio de Derechos LGTB de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, con el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, se desarroll\u00f3 en el marco del cumplimiento del Plan Nacional de Derechos Humanos 2018 \u2013 2021, que estableci\u00f3 el compromiso de realizar un mapeo de cr\u00edmenes de odio ocurridos entre el 2012 y 2017.<\/p>\n<p>En 2025, organizaciones reportaron al menos 7 transfeminicidios hasta el 15 de febrero, incluyendo casos emblem\u00e1ticos como los asesinatos de Rub\u00ed, Priscila o Cataleya, uno de los cuales fue grabado y difundido como forma de terror.<\/p>\n<h2>2. Legislaci\u00f3n estatal sobre discriminaciones o delitos de odio y protecci\u00f3n de derechos<\/h2>\n<h3>Derechos<\/h3>\n<p>No es legal el matrimonio entre personas del mismo sexo ni la adopci\u00f3n.<\/p>\n<p>2025 Se legislan restricciones a la libertad de expresi\u00f3n.<\/p>\n<p>2017 Ley de delitos de odio basada en la orientaci\u00f3n sexual y la identidad de g\u00e9nero. Incitaci\u00f3n al odio basada en la orientaci\u00f3n sexual y la identidad de g\u00e9nero.<\/p>\n<h3>Legislaci\u00f3n estatal<\/h3>\n<p>Decreto Legislativo No. 1,323 modific\u00f3 el Art\u00edculo 46 y 323 del C\u00f3digo Penal estableciendo expl\u00edcitamente la orientaci\u00f3n sexual y la identidad de g\u00e9nero como motivos de discriminaci\u00f3n e incitaci\u00f3n al odio, agravando las penas.<\/p>\n<p>En 2021, se present\u00f3 en el Congreso Nacional el Proyecto de Ley No. 7.052 para prohibir las \u00abterapias de conversi\u00f3n\u00bb, pero a\u00fan se encuentra pendiente de aprobaci\u00f3n. En este mismo a\u00f1o, el Ministerio de Salud emiti\u00f3 una Resoluci\u00f3n por la cual se aprueban las Orientaciones t\u00e9cnicas para el cuidado Integral de la salud mental de la poblaci\u00f3n adolescente, donde se establece que los adolescentes LGBTIQ no deben ser sometidos a \u00abterapias de conversi\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>En febrero de 2023, la Corte Superior de Justicia de Lima emiti\u00f3 la primera sentencia sobre discriminaci\u00f3n por \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb respecto a la violenta agresi\u00f3n en 2017 a un joven por cuatro guardias de seguridad en una discoteca de Lima. Supone un hito judicial a 6 a\u00f1os de promulgaci\u00f3n de la ley.<\/p>\n<p>Per\u00fa atraviesa una etapa de contrarreforma legal que utiliza la \u00abprotecci\u00f3n de la infancia\u00bb como fachada para limitar derechos. En mayo de 2025, se promulg\u00f3 la \u00abLey que fortalece el derecho a la indemnidad sexual de los ni\u00f1os y adolescentes\u00bb (Ley No. 32331), con el supuesto objetivo de proteger a la infancia de \u00abinterferencias, influencias o est\u00edmulos que puedan afectar su desarrollo psicosocial y sexual hasta que alcancen la madurez suficiente para ejercer su libertad sexual de forma independiente\u00bb. Se ha denunciado que el lenguaje ambiguo y el amplio alcance interpretativo de la ley buscan restringir la libertad de expresi\u00f3n bajo el pretexto de la protecci\u00f3n infantil. El art\u00edculo 4 proh\u00edbe cualquier representaci\u00f3n de menores en actitudes, vestimentas o contextos que impliquen \u00abconnotaciones sexuales\u00bb o promuevan su \u00abcosificaci\u00f3n\u00bb, pero no define estos t\u00e9rminos. El art\u00edculo 5 proh\u00edbe a las personas trans utilizar los ba\u00f1os p\u00fablicos que correspondan a su identidad de g\u00e9nero. Adem\u00e1s, la ley modifica el C\u00f3digo Penal para imponer hasta seis a\u00f1os de prisi\u00f3n a cualquier persona que proporcione a los menores acceso a cualquier material que se considere capaz de \u00abafectar su desarrollo sexual\u00bb.<\/p>\n<p>La Ley No. 31.498 de 2022 establece en su art\u00edculo 2 que \u00abla educaci\u00f3n no debe ser un medio para promover ning\u00fan tipo de ideolog\u00eda social o pol\u00edtica, menos a\u00fan de aquellas pr\u00e1cticas que pueden configurar un delito sancionado por lo moral o el C\u00f3digo Penal (&#8230;)\u00bb. Se teme que esta disposici\u00f3n, unida a otras que dan un gran protagonismo a las \u00abasociaciones de padres de familia\u00bb en la elaboraci\u00f3n de los curr\u00edculums y materiales educativos, sirva para vetar de la educaci\u00f3n los contenidos relacionados con la diversidad sexual y de g\u00e9nero. El profesorado y el funcionariado que incumplan esta regulaci\u00f3n podr\u00e1n recibir una sanci\u00f3n o, incluso, la inhabilitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En cuanto a la legislaci\u00f3n sobre racismo, desde el a\u00f1o 2000, el C\u00f3digo Penal tipifica como delito los actos de discriminaci\u00f3n o incitaci\u00f3n a la discriminaci\u00f3n por motivos como raza, etnia, orientaci\u00f3n sexual, identidad de g\u00e9nero, idioma, religi\u00f3n, nivel socioecon\u00f3mico, entre otros. Aunque el pa\u00eds cuenta con normas que sancionan la discriminaci\u00f3n, la justicia penal rara vez castiga el racismo como un crimen de odio, prefiriendo tratarlo como incidentes aislados o faltas administrativas.<\/p>\n<p>En 2009, el Estado peruano emiti\u00f3 un perd\u00f3n hist\u00f3rico al pueblo afroperuano por siglos de injusticias raciales, donde dec\u00eda: \u201cExtendemos una disculpa hist\u00f3rica al pueblo afroperuano por el abuso, exclusi\u00f3n y discriminaci\u00f3n perpetrados en su contra desde la \u00e9poca colonial hasta la actualidad\u201d.<\/p>\n<p>El Caso de Azucena Algendones (2012-2016) fue uno de los casos m\u00e1s importantes para la jurisprudencia afroperuana. Azucena es una funcionaria municipal que fue v\u00edctima de insultos racistas sistem\u00e1ticos por parte de sus compa\u00f1eros de trabajo. Fue uno de los primeros casos en llegar a una sentencia condenatoria por discriminaci\u00f3n racial (Art. 323 del C\u00f3digo Penal). La Corte Suprema ratific\u00f3 que el insulto racista no es solo una \u00abofensa\u00bb, sino un ataque a la dignidad que el Estado debe castigar.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n durante las protestas sociales de 2022-2023 organismos internacionales como Amnist\u00eda Internacional y la CIDH denunciaron un \u00abmarcado sesgo racista\u00bb en la represi\u00f3n policial. La mayor\u00eda de las muertes por armas de fuego ocurrieron en regiones con poblaci\u00f3n mayoritariamente ind\u00edgena. Este uso desproporcionado de la fuerza fue facilitado por una narrativa de \u00abterruqueo\u00bb (estigmatizaci\u00f3n pol\u00edtica) mezclada con racismo, donde la vida de un ciudadano andino se percib\u00eda como menos valiosa por las fuerzas de seguridad.<\/p>\n<h1 id=\"paraguay\">Paraguay<\/h1>\n<h2>1. Existencia de datos sobre cr\u00edmenes de odio<\/h2>\n<p>En Paraguay, la falta de un marco legal espec\u00edfico invisibiliza los motivos de odio, dejando la tarea de registro casi exclusivamente en manos de las organizaciones sociales.<\/p>\n<p>Existen registros de datos de asesinatos de personas LGTBIQ+, aunque con cifras diferentes dependiendo quien las recopile. En cambio, no existen registros de otros cr\u00edmenes de odio, por motivaci\u00f3n racista, religi\u00f3n, discapacidad, etc que apenas existen estad\u00edsticas o informaci\u00f3n.<\/p>\n<h3>1.1 Fuentes de informaci\u00f3n<\/h3>\n<p>Asociaci\u00f3n Panambi: Es la organizaci\u00f3n referente en la defensa de los derechos de las personas trans (travestis, transexuales y transg\u00e9nero). Su labor de documentaci\u00f3n es vital, ya que realizan el seguimiento de casos que la prensa suele tratar de forma amarillista o estigmatizante.<\/p>\n<p>SomosGay \/ Kuimba&#8217;e: Organizaciones que monitorean la violencia contra hombres gais y hombres que tienen sexo con hombres (HSH).<\/p>\n<p>Codehupy (Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay): Red que agrupa a varias ONG y que documenta la violencia institucional y los retrocesos democr\u00e1ticos.<\/p>\n<h3>1.2 Registro de cifras y tendencias<\/h3>\n<p>En Paraguay entre 2016 y 2020, organizaciones de la sociedad civil registraron al menos 61 asesinatos de personas trans. En Paraguay, las investigaciones de organizaciones de la sociedad civil como Panambi, Asociaci\u00f3n de Travestis, Transexuales y Transg\u00e9neros sobre casos de asesinatos de personas trans han identificado profundos prejuicios discriminatorios de origen religioso en polic\u00edas y fiscales, que frecuentemente asocian a las v\u00edctimas con la delincuencia, por el estigma del trabajo sexual o la actividad nocturna.<\/p>\n<p>De los 61 asesinatos de personas LGBTIQ+ en Paraguay entre 2016 y 2020, solo en un caso se ha impuesto una condena penal a un hombre que asesin\u00f3 a una mujer trans motivado por el odio, lo que demuestra una alarmante impunidad.<\/p>\n<h2>2. Legislaci\u00f3n estatal sobre discriminaciones o delitos de odio y protecci\u00f3n de derechos<\/h2>\n<h3>Derechos<\/h3>\n<p>2022 Regulaciones indirectas de las mal llamadas \u201cterapias de conversi\u00f3n\u201d<\/p>\n<p>2017 Restricciones legales a la libertad de expresi\u00f3n.<\/p>\n<p>1990 Los actos sexuales consensuales entre personas del mismo sexo fueron despenalizados.<\/p>\n<p>No es legal el matrimonio de personas del mismo sexo ni la adopci\u00f3n.<\/p>\n<h3>Legislaci\u00f3n estatal<\/h3>\n<p>El pa\u00eds carece de una legislaci\u00f3n contra toda forma de discriminaci\u00f3n que incluya entre las categor\u00edas protegidas la orientaci\u00f3n sexual, la identidad y expresi\u00f3n de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>En 2017, en una ofensiva educativa el Ministerio de Educaci\u00f3n y Ciencias institucionaliz\u00f3 la censura educativa mediante resoluciones y proyectos de ley. Emiti\u00f3 la Resoluci\u00f3n No. 29.664 que proh\u00edbe la difusi\u00f3n y el uso de materiales educativos que hagan referencia a la \u00abteor\u00eda y\/o ideolog\u00eda de g\u00e9nero\u00bb. En 2022 y 2023, el Ministerio de Educaci\u00f3n (MEC) ratific\u00f3 esta postura, cerrando la puerta a cualquier reforma pedag\u00f3gica inclusiva. El Proyecto de Ley S-2300017 (2023) supuso una prohibici\u00f3n absoluta de la ense\u00f1anza de g\u00e9nero, incluyendo sanciones penales para docentes y la prohibici\u00f3n de recibir cooperaci\u00f3n internacional (fondos extranjeros) que promueva estos temas.<\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se\u00f1al\u00f3 que esta medida \u00abrepresenta un retroceso para los derechos de las mujeres, las personas con diversas orientaciones sexuales e identidades de g\u00e9nero y los ni\u00f1os a recibir una educaci\u00f3n libre de estereotipos basados en ideas de inferioridad o subordinaci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s en 2022, el Ministro de Educaci\u00f3n paraguayo declar\u00f3 que el proyecto para \u00abtransformar\u00bb el sistema educativo paraguayo no incluir\u00eda la \u00abideolog\u00eda de g\u00e9nero\u00bb y rechaz\u00f3 cualquier plan de derogar esta resoluci\u00f3n.<br \/>\nEn junio de 2023, un grupo de senadores present\u00f3 el Proyecto de Ley No. S-2300017 con el objetivo principal enunciado en el art\u00edculo 1, destinado a \u00abprohibir la promoci\u00f3n, fomento o ense\u00f1anza de la ideolog\u00eda de g\u00e9nero en el marco de la educaci\u00f3n paraguaya\u00bb. Esta prohibici\u00f3n es \u00ababsoluta\u00bb, en los propios t\u00e9rminos del art\u00edculo 1, abarcando todos los niveles educativos, ya sea en instituciones p\u00fablicas o privadas, e incluye modalidades de ense\u00f1anza tanto presencial como en l\u00ednea. Tambi\u00e9n el alcance del proyecto de ley se extiende a todas las formas de cooperaci\u00f3n, ya sean financieras, t\u00e9cnicas o de cualquier otra naturaleza, ya sean de origen nacional o internacional, que puedan contribuir a la propagaci\u00f3n de la \u00abideolog\u00eda de g\u00e9nero\u00bb dentro del sistema educativo. El proyecto de ley propone la imposici\u00f3n de sanciones penales o administrativas por violaciones de estas prohibiciones.<\/p>\n<p>En julio de 2024, la C\u00e1mara de Senadores aprob\u00f3 el Proyecto de ley por el que se establece el control, la transparencia y la rendici\u00f3n de cuentas de las organizaciones sin fines de lucro. De aprobarse, todas las organizaciones sin \u00e1nimo de lucro (t\u00e9rmino utilizado de forma muy amplia en la propuesta deber\u00e1n registrarse y ser supervisadas por el Gobierno, enfrent\u00e1ndose a cuantiosas multas en caso de no cumplir con estas obligaciones.<\/p>\n<p>Amnist\u00eda Internacional declar\u00f3 que el texto propuesto \u00abviola el derecho a la libertad de asociaci\u00f3n y podr\u00eda poner en riesgo a las organizaciones de la sociedad civil en el pa\u00eds\u00bb. Aunque el proyecto no menciona espec\u00edficamente a las organizaciones LGBTI, sus defensores han se\u00f1alado la necesidad de poner fin a la \u00abpromoci\u00f3n de la homosexualidad\u00bb, y ha recibido el apoyo p\u00fablico de grupos contrarios a la supuesta \u00abagenda LGBT\u00bb.<\/p>\n<p>El caso de Romina Vargas, mujer trans asesinada en 2017, marc\u00f3 un punto de inflexi\u00f3n ya fue el primer juicio oral que termin\u00f3 con una condena que reconoci\u00f3 el componente de g\u00e9nero y odio en un transfemicidio. Fue la primera vez que la justicia paraguaya utilizaba t\u00e9rminos como \u00abodio\u00bb y \u00abfemicidio\/transfemicidio\u00bb en una lectura de sentencia, rompiendo el ciclo de invisibilidad. Sirve como el \u00fanico precedente s\u00f3lido para futuras litigaciones, aunque la ley general a\u00fan no se ha adaptado.<\/p>\n<p>Panambi ha identificado que el sistema judicial, tanto polic\u00edas como fiscales, operan bajo prejuicios religiosos, asociando a las v\u00edctimas con el trabajo sexual o la delincuencia, de manera que el sistema abandona la investigaci\u00f3n, asumiendo que la muerte es un \u00abriesgo del oficio\u00bb y no un crimen de odio.<\/p>\n<p>En cuanto a la legislaci\u00f3n sobre racismo, la Ley N\u00b0\u202f6940\/2022 Contra el racismo hacia personas afrodescendientes, aprobada en 2022, tiene por objetivo prevenir y sancionar actos de racismo y discriminaci\u00f3n hacia personas afrodescendientes en Paraguay. Define \u00abdiscriminaci\u00f3n racial\u00bb, \u00abracismo\u00bb y establece qui\u00e9n es considerado como poblaci\u00f3n afectada. Esta ley tambi\u00e9n establece la creaci\u00f3n del Registro Nacional de Personas Afrodescendientes a cargo del Instituto Nacional de Estad\u00edstica y la inclusi\u00f3n de la historia afrodescendiente en el curr\u00edculo educativo nacional.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n la Ley N\u00b0\u202f5994 aborda actos de propaganda racista y xen\u00f3foba difundida mediante sistemas inform\u00e1ticos, tipific\u00e1ndolos como delito conforme al protocolo del Convenio sobre Delitos Inform\u00e1ticos.<\/p>\n<p>Las comunidades afrodescendientes en Paraguay (especialmente en los n\u00facleos de Kamba Kua y Caacup\u00e9) enfrentan una violencia basada en el desplazamiento y la negaci\u00f3n de identidad. Un caso importante en este sentido fue el Caso de las Tierras de Kamba Kua, comunidad que ha luchado contra la expropiaci\u00f3n de sus tierras ancestrales. El racismo aqu\u00ed se manifiesta como violencia patrimonial, el Estado redujo sus hect\u00e1reas originales de forma dr\u00e1stica, ignorando su derecho a la propiedad colectiva.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n hablamos de discriminaci\u00f3n en el Sistema Educativo, ya que antes de la ley de 2022, los ni\u00f1os y j\u00f3venes afroparaguayos reportaban casos sistem\u00e1ticos de acoso escolar basado en su origen, sin que existieran protocolos para sancionar a los docentes o alumnos que profer\u00edan insultos racistas.<\/p>\n<p>A pesar de que ya existe una ley afroespec\u00edfica, el racismo m\u00e1s letal en Paraguay se dirige contra los pueblos ind\u00edgenas, especialmente en la regi\u00f3n del Chaco. Es el caso de la Comunidad Totobiegosode (Ayoreo). Esta comunidad, que incluye grupos en aislamiento voluntario, sufre lo que se considera un racismo de Estado por omisi\u00f3n. Empresas agroindustriales deforestan sus tierras ilegalmente y cuando los l\u00edderes ind\u00edgenas denuncian, son ignorados o criminalizados. Tambi\u00e9n se producen asesinatos de L\u00edderes Ind\u00edgenas, registr\u00e1ndose ataques de sicarios contra l\u00edderes que se oponen al avance de la soja. La justicia paraguaya rara vez investiga estos cr\u00edmenes como ataques \u00e9tnicos, a pesar de la motivaci\u00f3n racial que suele acompa\u00f1ar al asesinato.<\/p>\n<h1 id=\"uruguay\">Uruguay<\/h1>\n<h2>1. Existencia de datos sobre cr\u00edmenes de odio<\/h2>\n<p>Uruguay se ha consolidado hist\u00f3ricamente como el pa\u00eds con la legislaci\u00f3n m\u00e1s progresista de Am\u00e9rica Latina en materia de derechos civiles.<\/p>\n<p>Sin embargo, persiste una la invisibilidad estad\u00edstica al tener una sociedad altamente integrada, el sistema judicial tiende a diluir los cr\u00edmenes de odio dentro de la delincuencia com\u00fan, lo que dificulta la generaci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas espec\u00edficas.<\/p>\n<p>En Uruguay, no existen estad\u00edsticas oficiales espec\u00edficas sobre asesinatos de odio como una categor\u00eda separada, pero hay datos sobre homicidios y delitos relacionados con la orientaci\u00f3n sexual y la identidad de g\u00e9nero que pueden dar una idea de la violencia que afecta a estas comunidades. Los datos disponibles sugieren un aumento de la violencia contra personas trans, con un porcentaje significativo de ataques que terminan en muerte.<\/p>\n<h3>1.1 Fuentes de informaci\u00f3n<\/h3>\n<p>Colectivo Ovejas Negras: Es la organizaci\u00f3n de referencia en incidencia pol\u00edtica y monitoreo de derechos LGBTIQ+. Son quienes suelen denunciar la falta de aplicaci\u00f3n de las agravantes de odio en los juicios.<\/p>\n<p>Monitor de Cr\u00edmenes de Odio LGTTTBIONB+ (Marielle Franco): Plataforma regional que permite contrastar las cifras uruguayas con el resto del continente.<\/p>\n<p>Instituci\u00f3n Nacional de Derechos Humanos (INDDHH): Organismo aut\u00f3nomo que funciona bajo la \u00f3rbita del Parlamento y recibe denuncias sobre discriminaci\u00f3n institucional.<\/p>\n<p>Organizaciones que Monitorean el Racismo:<\/p>\n<p>Casa de la Cultura Afro-Uruguaya: Lidera la investigaci\u00f3n sobre la historia y el impacto del racismo en la identidad nacional.<\/p>\n<p>Miziganne (Asociaci\u00f3n de Mujeres Afrodescendientes): Se enfoca en la interseccionalidad, denunciando c\u00f3mo las mujeres negras sufren una doble violencia: por g\u00e9nero y por raza.<\/p>\n<p>UAFRO (Uni\u00f3n de Afrodescendientes de la Rep\u00fablica Oriental del Uruguay): Organizaci\u00f3n pol\u00edtica que presiona para el cumplimiento de las cuotas laborales en el Estado.<\/p>\n<h3>1.2 Registro de cifras y tendencias<\/h3>\n<p>En el Informe 2023 Monitor de Cr\u00edmenes de Odio LGTTTBIONB+ en Am\u00e9rica Latina y el Caribe Marielle Franco se reportan 2 asesinatos de personas trans en ese a\u00f1o.<\/p>\n<p>Y entre 2008 y 2024 se contabilizaron 17 asesinatos de personas trans.<\/p>\n<p>Muchos homicidios de personas trans o personas homosexuales son procesados como homicidios simples o derivados de conflictos personales, sin que la fiscal\u00eda investigue de oficio si existi\u00f3 un componente de odio, a menos que las organizaciones civil presionen medi\u00e1ticamente.<\/p>\n<p>Los casos de Racismo se manifiestan principalmente en el perfilamiento policial y la discriminaci\u00f3n en el \u00e1mbito laboral privado. Organizaciones como Miziganne y la Casa de la Cultura Afro-Uruguaya reportan que, aunque no hay una tasa alta de asesinatos racistas, existe una \u00abmuerte civil\u00bb por la falta de acceso a puestos de toma de decisiones.<\/p>\n<h2>2. Legislaci\u00f3n estatal sobre discriminaciones o delitos de odio y protecci\u00f3n de derechos<\/h2>\n<h3>Derechos<\/h3>\n<p>2003 Ley de delitos de odio basada en la orientaci\u00f3n sexual y la identidad de g\u00e9nero<\/p>\n<p>Incitaci\u00f3n al odio basada en la orientaci\u00f3n sexual y la identidad de g\u00e9nero. Protecci\u00f3n en la vivienda basada en la orientaci\u00f3n sexual y la identidad de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>2008 Legalizaci\u00f3n de las uniones civiles para parejas del mismo sexo.<\/p>\n<p>2009 Legalizaci\u00f3n de la adopci\u00f3n conjunta y de la adopci\u00f3n de hijos del c\u00f3nyuge para parejas del mismo sexo.<\/p>\n<p>2013 Legalizaci\u00f3n del matrimonio igualitario.<\/p>\n<p>2017 Regulaciones indirectas de las mal llamadas \u201cterapias de conversi\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>2018 Reconocimiento de la identidad de g\u00e9nero con base en la autopercepci\u00f3n.<\/p>\n<h3>Legislaci\u00f3n estatal<\/h3>\n<p>Uruguay cuenta con leyes sobre delitos de odio en su C\u00f3digo Penal, con protecci\u00f3n sobre raza y diversidad sexual, pero existe una carencia de legislaci\u00f3n aut\u00f3noma espec\u00edfica.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 149 ter del C\u00f3digo Penal, modificado por la Ley No. 17.677 de 2003, tipifica como delito los actos de violencia moral o f\u00edsica de odio o de desprecio de la \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb de una persona con un m\u00e1ximo de dos a\u00f1os de prisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el art\u00edculo 312(7), modificado por la Ley No. 19.538 de 2017, establece la \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb y la \u201cidentidad de g\u00e9nero\u201d como una circunstancia agravante especial para el delito de homicidio.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 149 bis del C\u00f3digo Penal de 1933, modificado por la Ley No.17.677 de 2003, tipifica como delito la incitaci\u00f3n al odio o cualquier forma de violencia basada en la \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bbe \u201cidentidad de g\u00e9nero\u201d.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, el art\u00edculo 17 de la Ley No. 18.026 de 2006 tipifica la incitaci\u00f3n al delito de genocidio, delito contemplado en el art\u00edculo 16 de la misma ley (la \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb est\u00e1 incluida expl\u00edcitamente en la definici\u00f3n).<\/p>\n<p>Desde 2015, el art\u00edculo 28 de la Ley de servicios de comunicaci\u00f3n audiovisual (Ley No. 19.307) proh\u00edbe la difusi\u00f3n de contenidos que promuevan o inciten a la violencia basada en la \u00aborientaci\u00f3n sexual\u00bb e \u201cidentidad de g\u00e9nero\u201d.<\/p>\n<p>Desde 2018 se aplica la Ley Integral para Personas Trans (Ley No. 19.684), considerada una de las m\u00e1s avanzadas del mundo. No solo permite el cambio de nombre y sexo registral por autopercepci\u00f3n, sino que establece cupos laborales en el Estado (1%) y una pensi\u00f3n reparatoria para personas trans v\u00edctimas de la violencia estatal durante la dictadura.<\/p>\n<p>En cuanto a la legislaci\u00f3n sobre racismo, El C\u00f3digo Penal y la Ley 17.677 (2003) castigan la incitaci\u00f3n al odio, desprecio o violencia contra personas por su color de piel, raza u origen \u00e9tnico. Adem\u00e1s se penaliza la comisi\u00f3n de actos de violencia f\u00edsica o moral basados en el odio racial.<\/p>\n<p>En 2025, la senadora Gloria Rodr\u00edguez present\u00f3 un proyecto de ley para reformar el C\u00f3digo Penal para incluir expl\u00edcitamente la discriminaci\u00f3n como base de delito de odio, pretendiendo abarcar tambi\u00e9n expresiones en redes sociales y solucionar carencias legislativas se\u00f1aladas por organismos internacionales. El proyecto cuenta con apoyo pol\u00edtico y de colectivos LGBTIQ+ y afrodescendientes.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n Uruguay ha empezado a sancionar severamente los c\u00e1nticos racistas en los estadios, aplicando la Ley No. 17.677, lo que ha llevado a multas econ\u00f3micas a los clubes y prohibiciones de ingreso a hinchas.<\/p>\n<h1 id=\"guineaconakry\">Guinea Conakry<\/h1>\n<h2>1. Existencia de datos sobre cr\u00edmenes de odio<\/h2>\n<p>No hay informaci\u00f3n disponible sobre cifras de asesinatos por odio en Guinea Conakry. El Estado no solo no registra los cr\u00edmenes de odio, sino que a menudo es el principal perpetrador a trav\u00e9s de sus fuerzas de seguridad. En este pa\u00eds los cr\u00edmenes de odio se manifiestan principalmente en forma de violencia pol\u00edtica, persecuci\u00f3n \u00e9tnica y represi\u00f3n contra grupos vulnerables, como mujeres y personas LGBTBIQ+. Esta violencia esta arraigada en las estructuras de poder pol\u00edtico que goza de impunidad permitiendo la violencia pol\u00edtica, la persecuci\u00f3n \u00e9tnica y la discriminaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En julio de 2025, Amnist\u00eda Internacional denunci\u00f3 un \u00abclima de terror\u00bb en Guinea, caracterizado por secuestros de activistas y amenazas a defensores de derechos humanos. Abogados y pol\u00edticos de oposici\u00f3n han sido objeto de intimidaci\u00f3n, con denuncias de desapariciones forzadas y presiones para silenciar la cr\u00edtica al gobierno. Estas acciones reflejan una estrategia sistem\u00e1tica para suprimir la disidencia y perpetuar el control pol\u00edtico.<\/p>\n<h3>1.1 Fuentes de informaci\u00f3n<\/h3>\n<p>Inexistencia de ONGs Locales Visibles debido a la criminalizaci\u00f3n, no existen observatorios de cr\u00edmenes de odio LGBTIQ+ operando legalmente dentro del pa\u00eds. La informaci\u00f3n llega a cuentagotas a trav\u00e9s de redes de exiliados en Francia o Senegal.<\/p>\n<p>Debido al peligro de operar en Conakry, el monitoreo lo realizan principalmente organismos extranjeros como:<\/p>\n<p>&#8211; Amnist\u00eda Internacional y Human Rights Watch: Se centran en desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales.<\/p>\n<p>&#8211; FIDH (Federaci\u00f3n Internacional por los Derechos Humanos): Realiza seguimiento de los juicios por masacres hist\u00f3ricas (como la del estadio de 2009) para combatir la impunidad de los altos mandos.<\/p>\n<p>&#8211; Redes de la Di\u00e1spora Guineana: En ciudades como Par\u00eds, mantienen blogs y plataformas de noticias que reportan cr\u00edmenes de odio \u00e9tnico que no salen en la prensa oficial de Conakry.<\/p>\n<h3>1.2 Registro de cifras y tendencias<\/h3>\n<p>No existen recopilaciones de datos de cr\u00edmenes de odio ni institucionales ni por parte de asociaciones u ONGs, solo datos sueltos de algunos cr\u00edmenes que han sido m\u00e1s medi\u00e1ticos.<\/p>\n<p>Como es el caso de la Masacre del Estadio del 28 de septiembre de 2009, cuando miles de opositores se reunieron en el estadio de Conakry para protestar contra la intenci\u00f3n del l\u00edder militar, Moussa Dadis Camara, de presentarse a las elecciones. La respuesta de las fuerzas de seguridad fue el asesinato de al menos 156 personas y cientos de heridos. Adem\u00e1s al menos 109 mujeres fueron violadas p\u00fablicamente por soldados, muchas de ellas mutiladas o asesinadas despu\u00e9s del acto.<\/p>\n<p>Se apreci\u00f3 un componente \u00e9tnico, ya que las investigaciones de la ONU revelaron que los soldados seleccionaban a sus v\u00edctimas bas\u00e1ndose en su pertenencia \u00e9tnica (principalmente Peul), profiriendo insultos racistas mientras ejecutaban las violaciones y los asesinatos. Tras 13 a\u00f1os de impunidad, en septiembre de 2022 comenz\u00f3 un juicio sin precedentes en Conakry, que termin\u00f3 con una sentencia contra Moussa Dadis Camara y otros altos mandos por cr\u00edmenes contra la humanidad. Era la primera vez que un tribunal guineano juzgaba a sus propios l\u00edderes por cr\u00edmenes de esta magnitud. No obstante, las v\u00edctimas denuncian que las reparaciones econ\u00f3micas y el estigma social,especialmente para las supervivientes de violaci\u00f3n, siguen siendo una barrera insalvable.<\/p>\n<p>Este evento no fue solo un acto de represi\u00f3n pol\u00edtica, sino un crimen de odio masivo con componentes \u00e9tnicos y de g\u00e9nero que marc\u00f3 la jurisprudencia del pa\u00eds y su relaci\u00f3n con la justicia internacional.<\/p>\n<h2>2. Legislaci\u00f3n estatal sobre discriminaciones o delitos de odio y protecci\u00f3n de derechos<\/h2>\n<h3>Derechos<\/h3>\n<p>Los actos sexuales consensuales entre personas del mismo sexo est\u00e1n penalizados.<\/p>\n<p>Las parejas del mismo sexo no pueden unirse civilmente ni contraer matrimonio en T\u00fanez.<\/p>\n<h3>Legislaci\u00f3n estatal<\/h3>\n<p>El sistema legal de Guinea es una mezcla de leyes represivas heredadas de la era colonial y nuevas leyes espec\u00edficas que responden a crisis humanitarias.<\/p>\n<p>No existe protecci\u00f3n legal contra la discriminaci\u00f3n la discriminaci\u00f3n por orientaci\u00f3n sexual o identidad de g\u00e9nero. El marco jur\u00eddico vigente en el pa\u00eds tampoco agrava las penas a los delitos cometidos por motivos de \u201corientaci\u00f3n sexual\u201d, la \u201cidentidad de g\u00e9nero\u201d, la \u201cexpresi\u00f3n de g\u00e9nero\u201d o las \u201ccaracter\u00edsticas sexuales\u201d ni tampoco considera de manera expl\u00edcita a estos delitos como \u201cdelitos de odio\u201d. No existen agravantes por odio en estos casos; al contrario, la v\u00edctima puede terminar arrestada si denuncia una agresi\u00f3n, al admitir impl\u00edcitamente su orientaci\u00f3n sexual.<\/p>\n<p>En abril de 2021 se aprob\u00f3 una ley destinada a proteger a las personas con albinismo, introduciendo penas de cadena perpetua para cr\u00edmenes como el secuestro con fines rituales o de explotaci\u00f3n. Esta es la \u00fanica forma de crimen de odio basada en condiciones f\u00edsicas que el Estado guineano reconoce y castiga con severidad, debido a la presi\u00f3n internacional y a la brutalidad de los cr\u00edmenes tradicionales en la regi\u00f3n.<\/p>\n<p>La legislaci\u00f3n guinea condena la discriminaci\u00f3n \u00e9tnica, pero su implementaci\u00f3n es d\u00e9bil, por lo que se perpet\u00faan estas pr\u00e1cticas.<\/p>\n<h1 id=\"tunez\">T\u00fanez<\/h1>\n<h2>1. Existencia de datos sobre cr\u00edmenes de odio<\/h2>\n<p>En T\u00fanez no existen registros de asesinatos de odio en el pa\u00eds. Esta ausencia de estad\u00edsticas oficiales sobre cr\u00edmenes de odio responde a la negaci\u00f3n pol\u00edtica del componente racial y de g\u00e9nero en la criminalidad.<\/p>\n<h3>1.1 Fuentes de informaci\u00f3n<\/h3>\n<p>Debido al aumento de la represi\u00f3n, estas organizaciones operan bajo vigilancia constante:<\/p>\n<p>&#8211; FTDES (Foro Tunecino por los Derechos Econ\u00f3micos y Sociales): La fuente principal de datos sobre migraci\u00f3n y agresiones racistas.<\/p>\n<p>&#8211; ADLI (Asociaci\u00f3n Tunecina para la Defensa de las Libertades Individuales): Expertos legales que luchan por la derogaci\u00f3n del art\u00edculo 230.<\/p>\n<p>&#8211; Damj (Asociaci\u00f3n Tunecina por la Justicia y la Igualdad): Organizaci\u00f3n de base que brinda apoyo legal a personas LGBTIQ+ arrestadas bajo leyes de \u00abmoralidad\u00bb.<\/p>\n<h3>1.2 Registro de cifras y tendencias<\/h3>\n<p>En T\u00fanez el racismo est\u00e1 dirigido principalmente contra personas negras y migrantes subsaharianos, se han documentado asesinatos y agresiones con motivaci\u00f3n racial, especialmente contra personas subsaharianas. Existe un clima creciente de xenofobia, alentado en ciertos casos por figuras pol\u00edticas con poder, como el presidente Kais Saied, quien en febrero de 2023 pronunci\u00f3 comentarios xen\u00f3fobos y conspiratorios, en los que acusaba a migrantes subsaharianos de traer violencia y conspirar contra la identidad nacional.<\/p>\n<p>En cuanto a cifras de asesinatos, no existen registros oficiales ni elaborados por asociaciones de la sociedad civil, pero s\u00ed casos puntuales que han sido medi\u00e1ticos. Como el caso del asesinato de Falikou Coulibaly en diciembre de 2018, un hombre originario de \u00c1frica subsahariana, que fue brutalmente asesinado en un suburbio de T\u00fanez. Las autoridades lo describieron como un robo que sali\u00f3 mal, pero la comunidad subsahariana lo denunci\u00f3 como un crimen con motivaci\u00f3n racial. El caso gener\u00f3 indignaci\u00f3n y protestas, convirti\u00e9ndose en un s\u00edmbolo del racismo persistente contra africanos en T\u00fanez.<\/p>\n<p>Amnist\u00eda Internacional document\u00f3 numerosos casos de agresiones, amenazas y desalojos racistas, y relatos donde migrantes denunciaron ataques nocturnos a sus viviendas.<br \/>\nAdem\u00e1s, no existen registros de los suicidios forzados o muertes en el desierto tras las expulsiones sumarias de la polic\u00eda tunecina hacia las fronteras de Libia y Argelia, actos que organizaciones internacionales califican como cr\u00edmenes de odio estatal.<\/p>\n<p>Organizaciones como Human Rights Watch confirmaron la muerte de al menos 27 personas por deshidrataci\u00f3n y exposici\u00f3n en el desierto en un solo mes, tras lo conocido como el \u00abPogromo\u00bb de Sfax (Julio 2023 &#8211; 2024). Estos son considerados cr\u00edmenes de odio por omisi\u00f3n de auxilio estatal.<\/p>\n<p>El Caso de \u00abRima\u00bb en 2024 evidenci\u00f3 la persecuci\u00f3n en redes sociales a la comunidad trans.<\/p>\n<p>Varias mujeres trans y creadoras de contenido han sido blanco de campa\u00f1as de odio digitales que terminan en detenciones reales bajo el Art\u00edculo 226 bis (atentado a las buenas costumbres).<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n en 2024, se reportaron casos de propietarios que, alentados por el discurso oficial, incendiaron las pertenencias de inquilinas trans negras para obligarlas a huir del barrio, sin que la polic\u00eda interviniera para protegerlas.<\/p>\n<h2>2. Legislaci\u00f3n estatal sobre discriminaciones o delitos de odio y protecci\u00f3n de derechos<\/h2>\n<h3>Derechos<\/h3>\n<p>2025 Los actos sexuales consensuales entre personas del mismo sexo siguen siendo penalizados.<\/p>\n<p>2004 Restricciones legales a la libertad de expresi\u00f3n.<\/p>\n<p>Las parejas del mismo sexo no pueden unirse civilmente ni contraer matrimonio en T\u00fanez.<\/p>\n<h3>Legislaci\u00f3n estatal<\/h3>\n<h4>Legislaci\u00f3n sobre derechos LGTBIQ+:<\/h4>\n<p>Las personas LGTBIQ+ sufren violencia legal, f\u00edsica y simb\u00f3lica, no hay reconocimiento de cr\u00edmenes motivados por odio y las leyes son usadas como herramientas de opresi\u00f3n.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 230 del C\u00f3digo Penal (2010) proh\u00edbe la \u00absodom\u00eda\u00bb y prescribe una pena de prisi\u00f3n de hasta 3 a\u00f1os. Adem\u00e1s, en virtud del art\u00edculo 226, toda persona declarada culpable de promover deliberada y p\u00fablicamente la indecencia puede ser condenada a seis meses de prisi\u00f3n y una multa. En 2004, la Ley de represi\u00f3n de los delitos contra la buena moral y el acoso sexual (Ley No. 2004-73) (2004) modific\u00f3 el C\u00f3digo Penal (1913) para insertar el art\u00edculo 226 bis, imponiendo una pena de seis meses de prisi\u00f3n y una multa a quien \u00abdeteriore p\u00fablicamente las buenas costumbres o la moral p\u00fablica\u00bb con gestos o palabras o interfiera intencionalmente con otras personas de una manera que socave el pudor.<\/p>\n<p>Reformado en 2004, El Art\u00edculo 226 bis del C\u00f3digo Penal (1913) tipifica como delito todo acto que llame p\u00fablicamente la atenci\u00f3n sobre la oportunidad de \u00abcometer libertinaje\u00bb mediante cualquier forma de grabaci\u00f3n escrita, sonora o visual. Esta disposici\u00f3n figura en la misma secci\u00f3n titulada \u00abatentados contra la moral\u00bb, donde se encuentran las disposiciones que penalizan los actos sexuales consensuales entre personas del mismo sexo.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 226, que castiga el \u00abcomportamiento indecente en p\u00fablico\u00bb con penas de prisi\u00f3n de hasta seis meses, se ha utilizado contra personas trans y de g\u00e9nero diverso.<\/p>\n<p>En junio de 2022, el gobernador de Susa y el Ministerio de Cultura de T\u00fanez anunciaron la suspensi\u00f3n de la proyecci\u00f3n de \u00abLightyear\u00bb, de Disney, debido a una escena de la pel\u00edcula en la que dos mujeres se besan, que seg\u00fan las autoridades \u00abpromueve la homosexualidad\u00bb.<\/p>\n<p>El marco jur\u00eddico vigente en T\u00fanez no agrava las penas a los delitos cometidos por motivos de \u201corientaci\u00f3n sexual\u201d, la \u201cidentidad de g\u00e9nero\u201d, la \u201cexpresi\u00f3n de g\u00e9nero\u201d o las \u201ccaracter\u00edsticas sexuales\u201d ni tampoco considera de manera expl\u00edcita a estos delitos como \u201cdelitos de odio\u201d. Tampoco proh\u00edbe la incitaci\u00f3n al odio, la discriminaci\u00f3n o la violencia por motivos de \u201corientaci\u00f3n sexual\u201d, \u201cidentidad de g\u00e9nero\u201d, \u201cexpresi\u00f3n de g\u00e9nero\u201d o \u201ccaracter\u00edsticas sexuales\u201d.<\/p>\n<p>Los actos de violencia y discriminaci\u00f3n contra personas LGBTIQ+ no se tipifican como \u201ccr\u00edmenes de odio\u201d, y quienes los cometen suelen ser procesados bajo figuras generales como la de agresi\u00f3n o la de homicidio.<\/p>\n<p>T\u00fanez hizo historia en 2018 al ser el primer pa\u00eds \u00e1rabe en legislar espec\u00edficamente contra el racismo, al aprobar una ley contra la discriminaci\u00f3n racial, que persigue de forma expl\u00edcita los actos y expresiones racistas, con penas de 1 a 3 a\u00f1os de prisi\u00f3n por incitaci\u00f3n al odio, amenazas o apolog\u00eda del racismo, as\u00ed como crear o participar en organizaciones racistas, y multas de hasta 15\u202f000 dinares. Tambi\u00e9n penaliza las proposiciones racistas con penas de 1 mes a 1 a\u00f1o de prisi\u00f3n, y multa de hasta 1\u202f000 dinares.<\/p>\n<p>Esta ley fue pionera en el mundo \u00e1rabe, sin embargo, seg\u00fan reportes de 2023, esta norma rara vez se aplica: personas negras, incluidos tunecinos y migrantes subsaharianos, enfrentan discriminaci\u00f3n persistente, pobreza, y exclusi\u00f3n.<\/p>\n<p>T\u00fanez el ejemplo perfecto de c\u00f3mo una ley de vanguardia puede ser anulada por un discurso pol\u00edtico de odio desde el poder, lo que convierte al racismo y la homofobia en pol\u00edticas de Estado.<\/p>\n<h1 id=\"bibliografia\">Bibliograf\u00eda<\/h1>\n<ul>\n<li>Amnist\u00eda Internacional. (2023). Informe sobre derechos humanos en \u00c1frica.<\/li>\n<li>Consejo de Europa. (2022). Hate speech and hate crime.<\/li>\n<li>Galtung, J. (1969). Violence, peace, and peace research. Journal of Peace Research, 6(3), 167\u2013191.<\/li>\n<li>ILGA World. (2023). State-Sponsored Homophobia Report.<\/li>\n<li>ILGA World. (2023). Our Identities Under Arrest.<\/li>\n<li>OSCE. (2009). Hate Crime Laws: A Practical Guide.<\/li>\n<li>Amnist\u00eda Internacional. (2023). Informe anual sobre derechos humanos.<\/li>\n<li>Transgender Europe (TGEU). (2023). Trans Murder Monitoring Report.<\/li>\n<li>Colombia Diversa. (2024). Informe de homicidios de personas LGBTIQ+.<\/li>\n<li>Caribe Afirmativo. (2024). Informe anual de derechos humanos.<\/li>\n<li>Observatorio LGBTI+. (2023). Datos regionales sobre violencia.<\/li>\n<li>Instituto de las Desigualdades. (2024). Proyecto Sur Global.<\/li>\n<li>Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz [Indepaz]. (s. f.). Visor de asesinato a personas l\u00edderes sociales y defensores de derechos humanos en Colombia. <a href=\"https:\/\/indepaz.org.co\/visor-de-asesinato-a-personas-lideres-sociales-y-defensores-de-derechos-humanos-en-colombia\/\">https:\/\/indepaz.org.co\/visor-de-asesinato-a-personas-lideres-sociales-y-defensores-de-derechos-humanos-en-colombia\/<\/a><\/li>\n<li>Altavoz LGBT+. (2024). Perfilar el odio: El mapa de los 11.617 cr\u00edmenes contra la poblaci\u00f3n LGBTIQ+ en Colombia en la \u00faltima d\u00e9cada. <a href=\"https:\/\/altavoz.lgbt\/perfilar-el-odio-el-mapa-de-los-11-617-crimenes-contra-la-poblacion-lgbtiq-en-colombia-en-la-ultima-decada\/\">https:\/\/altavoz.lgbt\/perfilar-el-odio-el-mapa-de-los-11-617-crimenes-contra-la-poblacion-lgbtiq-en-colombia-en-la-ultima-decada\/<\/a><\/li>\n<li>Caribe Afirmativo. (2024). 164 personas LGBTIQ fueron asesinadas en Colombia durante el 2024. <a href=\"https:\/\/www.caribeafirmativo.lgbt\/164-personas-lgbtiq-fueron-asesinadas-en-colombia-durante-el-2024-caribe-afirmativo-presento-su-informe-anual-de-dd-hh\/\">https:\/\/www.caribeafirmativo.lgbt\/164-personas-lgbtiq-fueron-asesinadas-en-colombia-durante-el-2024-caribe-afirmativo-presento-su-informe-anual-de-dd-hh\/<\/a><\/li>\n<li>Colombia Diversa. (2024). Bolet\u00edn de homicidios de personas LGBTIQ+ en Colombia. <a href=\"https:\/\/colombiadiversa.org\/c-diversa\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/Boletin-homicidios-personas-LGBTIQ-Colombia-Diversa.pdf\">https:\/\/colombiadiversa.org\/c-diversa\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/Boletin-homicidios-personas-LGBTIQ-Colombia-Diversa.pdf<\/a><\/li>\n<li>ILGA World. (2024). Base de datos de leyes LGBTI: Colombia. <a href=\"https:\/\/database.ilga.org\/colombia-lgbti-es\">https:\/\/database.ilga.org\/colombia-lgbti-es<\/a><\/li>\n<li>Indepaz. (2024). Visor de asesinato de l\u00edderes sociales y defensores de DD.HH. en Colombia. <a href=\"https:\/\/indepaz.org.co\/visor-de-asesinato-a-personas-lideres-sociales-y-defensores-de-derechos-humanos-en-colombia\/\">https:\/\/indepaz.org.co\/visor-de-asesinato-a-personas-lideres-sociales-y-defensores-de-derechos-humanos-en-colombia\/<\/a><\/li>\n<li>Raza e Igualdad. (2022). Denuncia sobre asesinatos de l\u00edderes sociales en Colombia. Instituto sobre Raza, Igualdad y Derechos Humanos.<\/li>\n<li>Antra &#038; Acontece LGBTI+. (2024). Dossi\u00ea de Mortes e Viol\u00eancias contra LGBTI+ no Brasil. Observat\u00f3rio de Mortes e Viol\u00eancias LGBTI+. <a href=\"https:\/\/observatoriomorteslgbti.org.br\/\">https:\/\/observatoriomorteslgbti.org.br\/<\/a><\/li>\n<li>F\u00f3rum Brasileiro de Seguran\u00e7a P\u00fablica. (2022). Anu\u00e1rio Brasileiro de Seguran\u00e7a P\u00fablica 2022. <a href=\"https:\/\/forumseguranca.org.br\/\">https:\/\/forumseguranca.org.br\/<\/a><\/li>\n<li>Funda\u00e7\u00e3o Getulio Vargas [FGV]. (2023). Estudo sobre a impunidade em casos de viol\u00eancia letal contra pessoas negras. Direito SP.<\/li>\n<li>ILGA World. (2024). Base de datos jur\u00eddica: Brasil. <a href=\"https:\/\/database.ilga.org\/brazil-lgbti-es\">https:\/\/database.ilga.org\/brazil-lgbti-es<\/a><\/li>\n<li>Supremo Tribunal Federal de Brasil. (2019). Acci\u00f3n Directa de Inconstitucionalidad por Omisi\u00f3n (ADO) 26.<\/li>\n<li>ANTRA. (2024). Dossi\u00ea: Assassinatos e viol\u00eancias contra travestis e mulheres transexuais brasileiras em 2023. Associa\u00e7\u00e3o Nacional de Travestis e Transexuais. <a href=\"https:\/\/antrabrasil.org\/dossie-dos-assassinatos\/\">https:\/\/antrabrasil.org\/dossie-dos-assassinatos\/<\/a><\/li>\n<li>Amnist\u00eda Internacional. (2023). Informe 2022\/23: La situaci\u00f3n de los derechos humanos en el mundo (Secci\u00f3n Senegal). <a href=\"https:\/\/www.amnesty.org\/es\/location\/africa\/west-and-central-africa\/senegal\/\">https:\/\/www.amnesty.org\/es\/location\/africa\/west-and-central-africa\/senegal\/<\/a><\/li>\n<li>Human Rights Watch. (2024). Senegal: Freedom of expression and association under threat. <a href=\"https:\/\/www.hrw.org\/africa\/senegal\">https:\/\/www.hrw.org\/africa\/senegal<\/a><\/li>\n<li>ILGA World. (2024). State-Sponsored Homophobia: Senegal report. <a href=\"https:\/\/database.ilga.org\/senegal-lgbti-es\">https:\/\/database.ilga.org\/senegal-lgbti-es<\/a><\/li>\n<li>Naciones Unidas. (2024). Examen Peri\u00f3dico Universal (EPU) &#8211; Intervenci\u00f3n de la delegaci\u00f3n de Senegal. Consejo de Derechos Humanos.<\/li>\n<li>Organizaci\u00f3n de Refugiados e Inmigrantes [ORI]. (2024). El asilo por orientaci\u00f3n sexual: El caso de los ciudadanos senegaleses en la Uni\u00f3n Europea.<\/li>\n<li>Defensor\u00eda del Pueblo de la CABA. (2024). Informe Anual del Observatorio de Cr\u00edmenes de Odio LGBT+ 2023-2024. <a href=\"https:\/\/defensoria.org.ar\/\">https:\/\/defensoria.org.ar\/<\/a><\/li>\n<li>FALGBT (Federaci\u00f3n Argentina LGBT). (2025). Estado de situaci\u00f3n de los derechos humanos de la poblaci\u00f3n LGBTIQ+ en Argentina bajo la administraci\u00f3n Milei.<\/li>\n<li>ILGALAC. (2025, febrero). Comunicado sobre el retroceso en la Ley de Identidad de G\u00e9nero en Argentina. Asociaci\u00f3n Internacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Trans e Intersex para Am\u00e9rica Latina y el Caribe.<\/li>\n<li>Ley No. 26.743. (2012, 24 de mayo). Ley de Identidad de G\u00e9nero. Bolet\u00edn Oficial de la Rep\u00fablica Argentina.<\/li>\n<li>Ley No. 26.791. (2012, 11 de diciembre). Modificaci\u00f3n del C\u00f3digo Penal sobre Femicidio y Cr\u00edmenes de Odio. Bolet\u00edn Oficial de la Rep\u00fablica Argentina.<\/li>\n<li>Asociaci\u00f3n Silueta X. (2024). Informe Runa Sipiy: Informe anual sobre asesinatos de personas LGBT+ en Ecuador. Federaci\u00f3n Ecuatoriana de Organizaciones LGBTI.<\/li>\n<li>Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica del Ecuador. (2008). Registro Oficial 449 de 20-oct.-2008.<\/li>\n<li>Corte Constitucional del Ecuador. (2024, diciembre). Sentencia Caso Furukawa: Esclavitud moderna y racismo estructural.<\/li>\n<li>C\u00f3digo Org\u00e1nico Integral Penal [COIP]. (2014). Registro Oficial Suplemento 180 de 10-feb.-2014.<\/li>\n<li>Observatorio Nacional de Derechos Humanos LGBTI. (2024). Informe sobre la situaci\u00f3n de derechos de las poblaciones clave en Ecuador.<\/li>\n<li>AMDH (Association Marocaine des Droits Humains). (2023). Rapport annuel sur la situation des droits de l&#8217;Homme au Maroc.<\/li>\n<li>Human Rights Watch. (2024). Marruecos: Eventos de 2023. <a href=\"https:\/\/www.hrw.org\/world-report\/2024\/country-chapters\/morocco\">https:\/\/www.hrw.org\/world-report\/2024\/country-chapters\/morocco<\/a><\/li>\n<li>ILGA World. (2024). State-Sponsored Homophobia: Morocco country profile. <a href=\"https:\/\/database.ilga.org\/morocco-lgbti-en\">https:\/\/database.ilga.org\/morocco-lgbti-en<\/a><\/li>\n<li>Kif-Kif &#038; Akaliyat. (2024). Informe sobre la situaci\u00f3n de las libertades individuales en Marruecos.<\/li>\n<li>COMCAVIS TRANS. (2024). Informe sobre violaciones a derechos humanos de la poblaci\u00f3n LGBTI en El Salvador. <a href=\"https:\/\/www.comcavis.org.sv\/\">https:\/\/www.comcavis.org.sv\/<\/a><\/li>\n<li>Federaci\u00f3n Salvadore\u00f1a LGBTI. (2023). Compendio de hechos de violencia y cr\u00edmenes de odio en El Salvador.<\/li>\n<li>Human Rights Watch. (2024). El Salvador: Despidos masivos y ret\u00f3rica antiderechos. <a href=\"https:\/\/www.hrw.org\/es\/world-report\/2024\/country-chapters\/el-salvador\">https:\/\/www.hrw.org\/es\/world-report\/2024\/country-chapters\/el-salvador<\/a><\/li>\n<li>PNUD El Salvador. (2022). Estudio sobre la situaci\u00f3n de las personas afrodescendientes en El Salvador.<\/li>\n<li>Cattrachas. (2024). Observatorio de Muertes Violentas de personas LGBTI en Honduras: Informe Anual. <a href=\"https:\/\/www.cattrachas.org\/\">https:\/\/www.cattrachas.org\/<\/a><\/li>\n<li>CEJIL (Centro por la Justicia y el Derecho Internacional). (2021). Honduras y la Sentencia Vicky Hern\u00e1ndez: Gu\u00eda para su implementaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2021). Caso Vicky Hern\u00e1ndez y otras Vs. Honduras. Sentencia de 26 de marzo de 2021.<\/li>\n<li>OFRANEH (Organizaci\u00f3n Fraternal Negra Hondure\u00f1a). (2023). Informe sobre la situaci\u00f3n de los derechos territoriales y racismo en Honduras.<\/li>\n<li>Asociaci\u00f3n Diversa. (2024). Informe sobre cr\u00edmenes de odio y transfeminicidios en el Estado Plurinacional de Bolivia.<\/li>\n<li>Constituci\u00f3n Pol\u00edtica del Estado Plurinacional de Bolivia. (2009). Gaceta Oficial de Bolivia.<\/li>\n<li>Defensor\u00eda del Pueblo de Bolivia. (2023). Informe de seguimiento a la implementaci\u00f3n de la Ley No. 045 contra el Racismo y toda forma de Discriminaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Ley No. 045. (2010, 8 de octubre). Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminaci\u00f3n. Gaceta Oficial de Bolivia.<\/li>\n<li>Observatorio de los Derechos LGBT. (2024). Estad\u00edsticas de cr\u00edmenes de odio 2009-2024.<\/li>\n<li>Ministerio P\u00fablico del Per\u00fa. (2021). Caracter\u00edsticas criminol\u00f3gicas de las muertes dolosas de personas LGTB en el Per\u00fa 2012\u20132021.<\/li>\n<li>Observatorio de Derechos TLGBI &#8211; UPCH. (2024). Informe Anual sobre la situaci\u00f3n de derechos humanos de personas TLGBI en el Per\u00fa.<\/li>\n<li>Defensor\u00eda del Pueblo (Per\u00fa). (2023). Informe sobre discriminaci\u00f3n y violencia contra la poblaci\u00f3n afroperuana.<\/li>\n<li>Amnist\u00eda Internacional. (2024). Paraguay: El derecho a la asociaci\u00f3n en riesgo. Informe anual de derechos humanos.<\/li>\n<li>Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). (2021). Comunicado sobre la Resoluci\u00f3n 29.664 y los retrocesos en educaci\u00f3n en Paraguay.<\/li>\n<li>Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). (2021). Caso Vicky Hern\u00e1ndez y otras Vs. Honduras. Sentencia de 26 de marzo.<\/li>\n<li>Naciones Unidas (PNUD). (2021). Caracter\u00edsticas criminol\u00f3gicas de las muertes dolosas de personas LGTB en el Per\u00fa 2012\u20132021.<\/li>\n<li>Asociaci\u00f3n Panambi. (2020). Informe sobre asesinatos de personas trans en Paraguay (2016-2020). Asunci\u00f3n, Paraguay.<\/li>\n<li>Codehupy. (2023). Derechos Humanos en Paraguay: Informe Anual sobre Discriminaci\u00f3n y Exclusi\u00f3n.<\/li>\n<li>Ministerio de Educaci\u00f3n y Ciencias (MEC). (2017). Resoluci\u00f3n No. 29.664: Prohibici\u00f3n de materiales de ideolog\u00eda de g\u00e9nero.<\/li>\n<li>Colectivo Ovejas Negras. (2024). Informe sobre el estado de los derechos humanos de la diversidad sexual en Uruguay.<\/li>\n<li>Ministerio del Interior (Uruguay). (2023). Observatorio Nacional sobre Violencia y Criminalidad.<\/li>\n<li>Monitor de Cr\u00edmenes de Odio LGTTTBIONB+. (2023). Informe Anual Marielle Franco. Am\u00e9rica Latina y el Caribe.<\/li>\n<li>Amnist\u00eda Internacional. (2024). Uruguay: Fortalezas y desaf\u00edos de un modelo de derechos.<\/li>\n<li>Amnist\u00eda Internacional. (2025). Guinea: Un a\u00f1o despu\u00e9s, el clima de terror persiste. Informe sobre libertades civiles.<\/li>\n<li>Asamblea Nacional de Guinea. (2021). Loi portant protection y promoci\u00f3n des personnes atteintes d&#8217;albinisme.<\/li>\n<li>Departamento de Estado de EE. UU. (2024). Guinea Human Rights Report. (Secci\u00f3n sobre discriminaci\u00f3n y abusos sociales).<\/li>\n<li>Human Rights Watch. (2024). World Report: Guinea. (An\u00e1lisis de la represi\u00f3n pol\u00edtica y libertad de asociaci\u00f3n).<\/li>\n<li>Naciones Unidas (OHCHR). (2023). Informe del Comit\u00e9 para la Eliminaci\u00f3n de la Discriminaci\u00f3n Racial sobre Guinea.<\/li>\n<li>Amnist\u00eda Internacional. (2023). T\u00fanez: Los comentarios del presidente sobre los migrantes desencadenan una oleada de violencia racista.<\/li>\n<li>Human Rights Watch. (2024). Informe Mundial: T\u00fanez y el retroceso democr\u00e1tico.<\/li>\n<li>ADLI (Asociaci\u00f3n Tunecina para las Libertades Individuales). (2024). Informe sobre el uso del C\u00f3digo Penal para la represi\u00f3n de la diversidad sexual.<\/li>\n<\/ul>\n<h1 id=\"descargar\">Descargar informe<\/h1>\n<p><a href=\"https:\/\/crimenesdeodio.info\/wp-content\/uploads\/2026\/04\/CRIMENES-DE-ODIO-EN-EL-SUR-GLOBAL-DEF.pdf\">CR\u00cdMENES DE ODIO EN EL SUR GLOBAL (PDF)<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00cdndice Introducci\u00f3n Colombia Brasil Senegal Argentina Ecuador Marruecos Salvador Honduras Bolivia Per\u00fa Paraguay Uruguay Guinea Conakry T\u00fanez Bibliografia Descargar informe Introducci\u00f3n El presente informe re\u00fane la informaci\u00f3n disponible sobre los cr\u00edmenes motivados por el odio en diferentes pa\u00edses del Sur Global, con el objetivo de visibilizar las carencias institucionales y\u2026<\/p>\n<p> <a class=\"continue-reading-link\" href=\"https:\/\/crimenesdeodio.info\/es\/crimenes-de-odio-en-el-sur-global\/\"><span>Continue reading<\/span><i class=\"crycon-right-dir\"><\/i><\/a> <\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"class_list":["post-2244","page","type-page","status-publish","hentry"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/crimenesdeodio.info\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/2244","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/crimenesdeodio.info\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/crimenesdeodio.info\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/crimenesdeodio.info\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/crimenesdeodio.info\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2244"}],"version-history":[{"count":17,"href":"https:\/\/crimenesdeodio.info\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/2244\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2269,"href":"https:\/\/crimenesdeodio.info\/es\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/2244\/revisions\/2269"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/crimenesdeodio.info\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2244"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}